Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 1 de Julio de 2016, expediente FPO 002564/2015/TO01/7

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 2564/2015/TO1/7 Posadas, 1º de julio de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente Nº. FPO 2564/2015/TO1/7 caratulado “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE B., M.J.”, el pedido de excarcelación presentado por la Señora Defensora Pública Oficial, Dra. S.B.C.A., en favor del imputado M.J.B.–alojado en la Comisarìa Nº 13 de la Policía de la Provincia de Misiones -; Y CONSIDERANDO:

1) Que, a fs. 1, la Defensora Pública Oficial, Dra.

S.B.C.A., interpuso escrito solicitando se le conceda la excarcelación a su ahijado procesal M.J.B., en virtud de lo previsto en los artículos 317 inciso 5, 318, y 321 del CPPN. Expresó que el 11 de diciembre pasado, cumplió los ocho meses de privación de la libertad, correspondiente al término previsto en el art. 13 del Código Penal, es decir, para acceder a la libertad condicional, puesto que su defendido -asistido por quien suscribió la presentación referenciada-, y la Fiscalía acordaron continuar el proceso bajo las normas del Juicio Abreviado.-

Conforme a lo expuesto, el actuario informó el tiempo de encarcelamiento que lleva B., así como también se solicitó a la Dirección de Toxicomanía, la remisión del informe carcelario. De ello resulta que BRITEZ registra conducta buena conducta.

Seguidamente, se confirió vista a la representante del Ministerio Público Fiscal quien opinó que mediante una simple operación matemática se comprueba que B. ha alcanzado el término previsto en el art. 13 del C.P., por ello, no formula oposición al otorgamiento del beneficio peticionado por la Defensa en favor del nombrado (fs. 6).-

2) Ahora bien, sentado cuanto precede, y a fin de analizar la procedencia de la petición excarcelatoria interpuesta por la Defensora Oficial, debemos recordar que M.J.B. de nacionalidad argentina, titular del documento nacional de identidad Nº

20.629.011, nacido el día 1º de noviembre de 1968 en la localidad de Posadas, Provincia de Misiones, de 47 años de edad, que sabe leer y escribir, con instrucción primaria completa, hijo de J.D.B. y de I.N.M., con último domicilio antes de su detención en Barrio Cristo Rey (chacra 32-33, Edificio 66, Escalera 139, piso 1 G de la localidad de Posadas, provincia de Misiones, fue aprehendido el 11 de abril de 2.015 y, Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.G.C., SECRETARIO DE CAMARA #28427208#156494212#20160701084636246 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 2564/2015/TO1/7 posteriormente, procesado con prisión preventiva por estimarlo prima facie penalmente responsable en...

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