Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 9 de Enero de 2017, expediente FLP 000038/2015/13/CA006

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 38/2015/13/CA6 Plata, 9 de enero de 2017.

VISTO: Este expte. FLP 38/2015/13/CA6 (n°

8612 reg. int.), caratulado “Incidente de Excarcelación de G.L.U. (D)”, procedente del Juzgado Federal N° 1, Secretaría N° 3, de La Plata.

CONSIDERANDO QUE:

  1. Antecedentes de este incidente.

    1. La defensa técnica de G.L.U. solicitó su excarcelación, el fiscal se opuso y el juez la denegó

      (fs. 1/12, 14/16, 17/18 vta.).

    2. Contra esa decisión se alzó su abogada defensora a fs. 22/24.

      La recurrente consideró que el a quo fundó

      en forma errónea

      la denegatoria a la excarcelación, entre otras cosas, atento a la “provisoria calificación” en la que encuadró los hechos. Además, alegó que la resolución del magistrado no abastece el recaudo de motivación suficiente en tanto remite a los argumentos del fiscal. Finalmente, consideró que el proceso aún no se encuentra próximo a la etapa de juicio y señaló que G.L.U. padece de problemas de salud (fs. 22/24).

      En cuanto a los peligros procesales, argumentó que se invirtió la carga de la prueba mediante la utilización de elementos probatorios reunidos en la causa principal.

      Por lo demás, al presentarse en los términos del art. 454 del C.P.P., señaló que los vicios señalados constituyen “vicios que impiden que se la pueda tener como un acto jurisdiccional válido” (sic fs. 85) y que no existen elementos que permitan relacionar los hechos de autos con crímenes de lesa humanidad, reiteró que G.L.U. padece los problemas de salud que describe, aclaró que no posee empleo pero que posee arraigo y una familia que lo contiene, por lo que concluyó que no existen los riesgos procesales a lo que hace alusión el juez. Por lo demás la defensa articuló una serie de argumentos dirigidos a Fecha de firma: 09/01/2017 Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado por: ANTONIO PACILIO, JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: M.A.M., #28930100#170243068#20170109115512015 cuestionar la calificación, actos procesales y prueba vinculada a los hechos atribuidos a G.L.U. en el marco de la causa principal.

    3. La asistente técnica presentó recurso de reposición contra la decisión de fs. 31 en cuanto dio intervención a las querellas en el incidente (fs.

      33/38), el querellante en autos contestó la vista a fs. 40/41 y a fs. 45/46 los jueces S. y R. resolvieron rechazar el planteo.

    4. Luego, la recurrente solicitó se celebre audiencia oral con la presencia de G.L.U., la cual por distintos motivos no llegó a concretarse (fs. 74, 96), no obstante lo cual presentó los fundamentos del recurso por escrito (fs. 83/95).

      A fs. 98 se presentó nuevamente la defensa técnica del detenido que desistió de la comparecencia del imputado.

  2. Del expediente principal y otros.

    1. Según surge de la causa principal, G.L.U.

      fue procesado con prisión preventiva por ser considerado penalmente responsable del delito de coacción doblemente agravada, previsto por el artículo 149, inc. a) tercer párrafo, agravado por el inc. b)

      apartado 2, a) y b) (art. 306, 308, 312 y concordantes del C.P.P.N.).

      Dicho procesamiento fue confirmado por la Alzada el 9 de diciembre de 2015 (ver “Legajo de Apelación de G.L.U. (D)”, n° 8017, FLP 38/2015/6/CA2).

    2. Por otra parte, tramita también ante el juzgado a quo, con...

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