Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 10 de Febrero de 2017, expediente FPO 003880/2014/TO01/9/1

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 3880/2014/TO1/9/1 Posadas, 10 de febrero de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente de ejecución Nº FPO 3880/2014/TO1/9/1 caratulado "VIERA DA SILVA NETO, FRANCISCO S/ INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL”

(Expte. P.. Nº FPO 3880/2014/TO1/9 caratulado “VIERA DA SILVA NETO, F. s/ Ejecución de Sentencia”), la procedencia del beneficio de Libertad Condicional solicitada por el encartado FRANCISCO VIERA DA SILVA NETO; Y CONSIDERANDO:

Que, F.V.D.S. NETO brasileño, indocumentado, fue condenado el 24 de noviembre del año 2016, por el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal de Federal de Posadas, en la causa Nº FPO 3880/2014/TO1 caratulada “VIERA DA SILVA NETO, FRANCISCO s/INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5. INC. C)”, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales, multa mínima y costas como AUTOR penalmente responsable del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN, (arts. 5, Inc.

c

de la Ley N° 23.737 y 45, 12, 21 y 29, Inc. 3° del Código Pena.

Conforme al cómputo de pena obrante en autos, el encartado de mención cumplirá las dos terceras partes de su condena el 10 de febrero del año 2.017.-

Encontrándose radicada la presente causa por ante el Juzgado de Ejecución Penal Federal, y próximo a cumplir el plazo señalado anteriormente, se requirieron los respectivos informes al Complejo Penitenciario III Eldorado del Servicio Penitenciario de la provincia de Misiones -lugar donde cumple condena el nombrado- y se agregaron los informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia a fin de poder resolver su libertad condicional.-

De las documentales remitidas por la citada institución surge que el domicilio fijado a los fines del art. 13 inc. 1º del Código Penal en el domicilio de su grupo familiar político, sito en el Barrio “Villa Alta”, C.A.H.I. nº 180 de la Localidad de Puerto Iguazú, provincia de Misiones, lugar en donde reside su suegro TOMAS DESIDERO CUBILLAS, todo ello según informe practicado por el Auxiliar Técnico en Servicio Social del Complejo Penitenciario III en el acta de fs. 8.-

Fecha de firma: 10/02/2017 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #29298165#171535039#20170210103558840 Atinente a su desenvolvimiento durante la privación de libertad, se destaca que conforme los registros obrantes en la sección Criminológica de la unidad de alojamiento que el causante se encuentra incorporado al Periodo de Observación desde el 05/11/2017. No registrando en su Legajo Prontuarial en el último...

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