Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala II, 7 de Julio de 2015, expediente FLP 054005624/2010/CA001

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 54005624/2010/CA1 La Plata, 7 de julio de 2015 VISTO: Este expediente FLP 54005624/2010/CA1 (Reg. Int. N° 7642), caratulado:

Langa, J.L. s/ Infracción Decreto Ley 6.582/58

, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 2 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto, a fs. 589/591, por el Sr.

    Defensor Oficial ad hoc a cargo de la Defensoría Pública Oficial Nº 1, Dr. G.A.T., contra la resolución, de fs. 583/587, que decretó el procesamiento –sin prisión preventiva- de J.L.L., por considerarlo "prima facie" autor penalmente responsable del delito tipificado en el art. 34 del decreto 1114/97 modificatorio del decreto ley 6582/58; y mandó a trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de tres mil pesos ($3.000).

  2. Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de la extracción de testimonios realizados por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 1 con fecha 11 de noviembre de 2009, en el marco de la causa nº 7486/2009 por el presunto delito de falsedad ideológica en virtud de la conducta atribuida a J.L.L., quien con una identidad falsa, habría inscripto el vehículo marca Renault modelo Clío, dominio CSQ-400 en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor Nº 7 de Lanús a nombre de A.L.D..

  3. El Sr. Juez M.M. de G. a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Nº

    2 tomó conocimiento, a fs. 39, y corrió vista al Sr.

    Fiscal en los términos del art. 180 del C.P.P.N. Por su parte el Sr. Fiscal postuló, a fs. 41, que se declare la incompetencia y se remitan las actuaciones al Juez Federal en turno con competencia en la localidad de Avellaneda.

    Fecha de firma: 07/07/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 54005624/2010/CA1 Consecuentemente el Sr. Juez M. de G. resolvió, a fs. 42, declarar su incompetencia en razón del territorio y remitió estas actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Lomas de Z., a fin de que mediante sorteo de estilo, desinsacule el juzgado que deberá intervenir.

    A fs. 44, el Sr. Juez Alberto P.

    Santamarina las remitió al Juzgado Federal Nº 2 de Lomas de Z., en turno al momento de los hechos.

    Este juzgado tomó conocimiento, a fs. 45, y corrió

    nueva vista al Sr. Fiscal A.A.M.G. en los términos del art. 180 del C.P.P.N.

    El Fiscal postuló, a fs. 46, la incompetencia en razón del territorio y la remisión a conocimiento del Juzgado Nacional Criminal y Correccional Federal de la ciudad de Quilmes.

    Seguidamente, el Sr. Juez del Juzgado Federal de 1era instancia en lo Criminal y Correccional Nº 2 de Lomas de Z. resolvió declararse incompetente y remitir las actuaciones al Juzgado Federal de la ciudad de Quilmes (ver fs. 47).

    Prosiguiendo con la cuestión de la competencia, el Sr. Juez L.A.A., titular del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes tomó conocimiento, a fs. 48, y delegó la investigación en el Ministerio Público Fiscal en los términos del art. 180, segundo párrafo en función del art. 196, segundo párrafo del C.P.P.N.

    Por su parte, la Sra. Fiscal Silvia R.

    Cavallo, tomó conocimiento, a fs. 49, y el F. subrogante G.R. solicitó, a fs. 56/57, la inhibitoria en relación a la causa Nº 16.327/2009 caratulada “Langa, J.L. s/falsedad ideológica”

    del Juzgado Nacional Criminal y Correccional Federal Nº 4, por investigar un hecho análogo al de estas investigaciones en pos de salvaguardar la garantía del non bis in ídem.

    El Sr. Juez L.A.A., hizo lugar a esta solicitud, a fs. 58/59, y resolvió

    Fecha de firma: 07/07/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 54005624/2010/CA1 solicitar al titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4 tenga a bien inhibirse de seguir entendiendo en la causa 16.327/2009. Por su parte el Sr. Juez Federal A.L., cumplió, a fs. 156, con la remisión ordenada agregándose estas actuaciones a fs. 61/155.

    A fs. 159, el Sr. Juez L.A.A., remitió nuevamente las actuaciones a la Fiscalía Federal de Quilmes, quien a fs. 160, postuló

    la incompetencia del Juzgado Federal de Quilmes y la remisión de las actuaciones al Juzgado Federal de Lomas de Z...

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