Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 22 de Diciembre de 2016, expediente FCB 072026285/2010/CA001

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “FONTANA, S.L. Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL – POLICIA FEDERAL ARGENTINA S/

SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”

En la Ciudad de Córdoba a veintidos días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis , reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “FONTANA, S.L. Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL – POLICIA FEDERAL ARGENTINA S/ SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD” (Expte. N°

72026285/2010/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representante de la parte demandada -Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal - en contra de la Resolución de fecha 29 de julio de 2016 dictada por el señor Juez titular del Juzgado Federal de La Rioja, que dispuso en lo pertinente rechazar la excepción de prescripción deducida por la demandada en el escrito de fs. 77/81 (fs. 89/91vta.).

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: GRACIELA S.

MONTESI – IGNACIO MARÍA VELEZ FUNES – EDUARDO AVALOS.-

La señora Juez de Cámara, doctora G.S.M. , dijo:

  1. Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representante de la parte demandada -Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal - en contra de la Resolución de fecha 29 de julio de 2016 dictada por el señor Juez titular del Juzgado Federal de La Rioja, que dispuso en lo pertinente Fecha de firma: 22/12/2016 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #11249297#169505277#20161223100453084 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “FONTANA, S.L. Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL – POLICIA FEDERAL ARGENTINA S/

    SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”

    rechazar la excepción de prescripción deducida por la demandada en el escrito de fs. 77/81 (fs. 89/91vta.).

  2. Se queja la recurrente por entender que lo dispuesto por el juez de grado al determinar que resulta de aplicación el art. 4027 inc. 3 del anterior Código Civil Argentino, adolece de dos errores fundamentales: 1) considerar a la Caja de Retiros de Jubilaciones y Pensiones como un mero órgano liquidador; 2) considerar que la procedencia de la prescripción en la ley 23.627 está supeditada a la vigencia del nuevo Código Civil.

    En relación al primer agravio manifiesta que conforme lo establece su normativa de creación, la Caja es un organismo descentralizado, autónomo y autárquico con autonomía funcional y financiera. Posee personería jurídica diferenciada de la Policía Federal y demás fuerzas de seguridad, por lo que tiene capacidad para estar en juicio y dispone de un patrimonio y recursos propios.

    Arguye que el mencionado organismo es un órgano descentralizado con personalidad independiente del Estado Nacional como sujeto de derechos y obligaciones.

    Respecto al segundo agravio, sostiene que la Ley 23.627 resulta de aplicación exclusiva e ineludible a su mandante, por lo que nada tiene que ver la aplicación de uno u otro Código Civil en tanto las disposiciones de la mentada normativa han sido reconocidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde hace tiempo. Sostiene que en causas análogas a la presente siempre se aplicó el criterio dispuesto en el art.

    Fecha de firma: 22/12/2016 2, primer párrafo de la ley 23.627 (fs. 93/95vta.).

    Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #11249297#169505277#20161223100453084 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA -...

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