Sentencia de Sala B, 24 de Abril de 2013, expediente 63.875

Fecha de Resolución24 de Abril de 2013
EmisorSala B

"CO.FAR.SUR S.A.C.I.F.; MARIONI, S. SI INF. LEY 16.463", . Causa N° 14.029:

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 4, Secretaría N° 7 (Causa N° 63.875, Orden N°

'. 25.087. S. "B").

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:c·;,..,,'·C,··d" Buenos Aires, L~ de abril de 2.013.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto en subsidio del de reposición por el apoderado de la A.N.M.A.T. mediante el escrito de fs. 98/106, contra la resolución de fs. 96/96 vta., por la cual el señor juez a cargo del juzgado "a qua" dispuso: "DECLINAR LA COMPETENCIA DE ESTE

JUZGADO, para seguir entendiendo en la presente causa, y REMITIR la misma ... al Juzgado Federal en turno con competencia en la Ciudad de «

.J Río Cuarto, Pcia.de C. ... ".

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(,) La presentación de fs. 139, efectuada por el apoderado de la u.

O A.N.M.A.T. en los términos del arto 454 del e.p.p.N.

O

en :J y CONSIDERANDO:

El señor juez de cámara Dr. R.E.H.

expresó:

10) Que, por el pronunciamiento del Reg. N° 721/11 de esta S. "B", cuya copia certificada se adjunta al presente, quien suscribe este voto ha establecido, de manera conjunta con el colega que suscribiera también la posición, la competencia de esta Cámara para resolver en cuestiones como la que en estas actuaciones ha sido traída a estudio del Tribunal.

20) Que, por la resolución apelada el juzgado "a qua" se declaró incompetente para seguir entendiendo en la presente causa, en la cual se encuentran apeladas las sanciones de multa impuestas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (A.N.M.A.T.) a eO.FAR.SUR S.A.e.I.F. y a S.M., por considerar que " ... los hechos que originaran las presentes actuaciones habrían acaecido en la sede de la Droguería Cofarsur S.A.C.lF., sita en la calle Corrientes 174, ciudad de Río Cuarto, Pcia. de C., lugar donde se habrían realizado las operaciones de venta, presuntamente sin autorización por parte de la A.NMA. T., a las farmacias de jurisdicciones extrañas a la de la droguería referida ...De este modo, siendo que los hechos cuestionados han ocurrido en la Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de C.,

es que deberá entender en el recurso de apelación interpuesto el J. Federal con competencia en dicha ciudad." (confr. fs. 96 vta.; la transcripción es copia textual del original).

  1. ) Que, de la lectura de la presente causa surge que los hechos presuntamente infraccionales por los cuales se sancionó a CO.F AR.SUR

    S.A.C.I.F. y a S.M. (directora técnica farmacéutica de aquella sociedad) habrían sido constatados en...

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