Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - Sala II, 23 de Febrero de 2016, expediente FSM 001933/2012/CA002

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2016
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7344 - FSM 1933/2012/CA2 “F.C.E. Y OTRO s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS”

Reg.Int.N° 7852 S.M., 23 de febrero de 2016.

Pasen lo autos a resolver.

Ante mí:

S.M., 23 de febrero de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero, resolvió decretar el procesamiento de E.C.F., por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de uso de documento público falso –arts. 296, en función del 292, 1er. párrafo y 45 del C.P.-; y trabar embargo sobre su dinero y/o bienes hasta Fecha de firma: 23/02/2016 Firmado por: D.M.R., Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #8915838#146773859#20160224101027931 cubrir la suma de cuatro mil pesos -$4.000- (fs.

    415/418, puntos dispositivos I y III). El Defensor Público Oficial interpuso recurso de apelación (fs. 421/422vta.).

    En la instancia, el F. General no adhirió

    a la impugnación deducida (fs. 433), mientras que la defensa la mantuvo (fs. 435).

  2. En el auto de procesamiento recurrido, se le imputa a E.C.F., haber utilizado a sabiendas de su falsedad, el formulario 12 N° 27134281 y el formulario 08 N° 27311734 en el que lucen certificadas las firmas de la parte vendedora por el encargado suplente del Registro Nacional de la Propiedad Automotor N° 4 de Tigre, Gerardo M.

    Surdan, presentado por M.L.R. el 11 de noviembre de 2011, en el Registro de la Propiedad Automotor N° 3 de Malvinas Argentinas, con el objeto de realizar la transferencia del dominio SCR-XXX a su favor.

    Ahora bien, ceñidos a los agravios que fundamentan la pretensión de la defensa (art. 445 del CPPN), el Tribunal aprecia, a la luz de la sana crítica, la preeminencia de los elementos de cargo que sustentan –en la actual etapa del Fecha de firma: 23/02/2016 Firmado por: D.M.R., Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #8915838#146773859#20160224101027931 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7344 - FSM 1933/2012/CA2 “F.C.E. Y OTRO s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS”

    Reg.Int.N° 7852 proceso- adecuadamente el decisorio cuestionado.

    La crítica esbozada no desmerece la definida situación procesal del incuso.

    Ello es así, pues las excusas que presenta el encausado para desligarse del reprochado ilícito, en rigor no reflejan la...

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