Disposición Nº 1695/GCABA/DGET /14

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-

DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-16.864.673-MGEyA-DGET, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Obra Nueva: Vivienda Colectiva (VCOL); Estudio Profesional (604182);

Restaurante. Cantina (602.000); Café bar (602.020); Comercio minorista de maquinas

de oficina, contabilidad, computación, informática (603.150); Comercio minorista de

libros y revistas (603.207); de artículos personales y para regalos (603.310)", a

desarrollarse en la Avenida Francisco Beiró N° 4.639/53/61/67/75/77, 2°, 1° Subsuelo,

Planta Baja, Pisos 1° a 16 y Azotea, de esta Ciudad, con una superficie de 20.025,64

m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 89, Manzana: 092, Parcela:

017i, 017j, 017k, 017l, 017x, Distrito de Zonificación: C3;

Que en el Informe N° IF-2014-17.695.781-DGET, de fecha 10 de diciembre de 2.014,

la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General

considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular

de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se

establecen;

Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal,

ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-

137-APRA, N° RESOL-2014-228-APRA y modificatorias,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE

Artículo 1° Categorízase el proyecto: "Obra Nueva: Vivienda Colectiva (VCOL);

Estudio Profesional (604182); Restaurante. Cantina (602.000); Café bar (602.020);

Comercio minorista de maquinas de oficina, contabilidad, computación, informática

(603.150); Comercio minorista de libros y revistas (603.207); de artículos personales y

para regalos (603.310)", a desarrollarse en la Avenida Francisco Beiró N°

4.639/53/61/67/75/77, 2°, 1° Subsuelo, Planta Baja, Pisos 1° a 16 y Azotea, de esta

Ciudad, con una superficie de 20.025,64 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción:

15, Sección: 89, Manzana: 092, Parcela: 017i, 017j, 017k, 017l, 017x, Distrito de

Zonificación: C3, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Artículo 2° Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Nehuente S.A.,

titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

Artículo 3° Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la

actividad: Etapa de obra:

1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto N° 740/07;

2) Reducir los...

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