Disposición 2339/2002

Fecha de disposición21 Junio 2002
Fecha de publicación21 Junio 2002
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29925

Administración Nacional de Medicamentos, Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

SALUD PUBLICA

Disposición 2339/2002

Apruébase el documento "Distribución de Muestras para Profesionales y Propaganda de Medicamentos que contengan Estupefacientes o Sustancias Sicotrópicas" (Resolución GMC N° 57/99).

Bs. As., 23/5/2002

VISTO el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Resolución Grupo Mercado Común N° 57/99 y el Expediente N° 1-47-5411-02-5 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que las convenciones internacionales, de las cuales los Estados Parte del Mercosur son signatarios, exigen el control y la fiscalización de estupefacientes y sustancias sicotrópicas previniendo su uso indebido.

Que habiendo analizado los riesgos que generan la entrega de medicamentos en la forma de muestras "médicas", muestras "gratis", muestras para "profesionales" o entrega de envases originales sin valor comercial de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y la estimulación de la prescripción, el Grupo Mercado Común dictó la aludida Resolución GMC N° 57/99 por la cual se aprobó el documento: "DISTRlBUCION DE MUESTRAS PARA PROFESIONALES Y PROPAGANDA DE MEDICAMENTOS QUE CONTENGAN ESTUPEFACIENTES O SUSTANCIAS SICOTROPICAS".

Que la citada resolución fue previamente discutida y armonizada en el Grupo Ad-hoc correspondiente, el que contó con representación competente de la República Argentina, y fue recomendada al Grupo Mercado Común por la Comisión de Productos para la Salud y la Comisión de Coordinadores Nacionales del SGT N° 11 Salud/Mercosur.

Que en virtud del Artículo 38 del Protocolo de Ouro Preto signado por nuestro país, nace el compromiso de adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del Mercosur y en consecuencia deben incorporarse las Resoluciones GMC/MERCOSUR a la normativa jurídica nacional.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1490/92 y 197/02.

Por ello;

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1°

Apruébase el documento "DISTRIBUCION DE MUESTRAS PARA PROFESIONALES Y PROPAGANDA DE MEDICAMENTOS QUE CONTENGAN ESTUPEFACIENTES O SUSTANCIAS SICOTROPICAS" (Resolución GMC N°...

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