Descarga múltiple de programas de ordenador, sin fines comerciales y en ámbito de privacidad

AutorMatías Leguizamón - Carlos Nahuel Zallio
CargoAlumnos de 5º año de la carrera de Abogacía de la Universidad Blas Pascal
Páginas340-348
Descarga múltiple de programas de ordenador, sin fines comerciales y en ámbito de
privacidad 340
Año II / Número 2
DESCARGA MÚLTIPLE DE PROGRAMAS DE ORDENADOR,
SIN FINES COMERCIALES Y EN ÁMBITO DE PRIVACIDAD
1
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Matías Leguizamón y Carlos Nahuel Zallio
La presente ponencia tiene por objeto el estu dio del
tratamiento leg al que en nuestro ordenamiento se da a los
programas de ordenador; todo ello subs umido con las
prácticas que habitualmente po demos apreciar en el t ráfico
jurídico de los mismos. De tal suerte, resulta preciso observar
acabadamente las normas del derecho internacional, que en
consonancia con la legislación interna, dan lugar a una serie
de interrogantes que nos proponemos analizar.
I. Nociones preliminares.
Para un correcto tratamiento del asunto sugerido, creemos
conveniente el desarrollo de ciertas nociones preliminares. En
primer lugar, debemos entender por software o pr ograma de
ordenador, según lo expuesto por Heriberto Hocsman, al
“conjunto de algoritmos (grupo sistematizado de instrucciones
para la realización de operaciones) que organizados en una
determinada estructura lógica (programa), permi ten la ejecución
de ciertos procedimientos para el logro de determinadas acciones,
mediante su lectura y re cepción en las unidades de memoria de
una computadora u ordenador electrónico, posibilitando de esta
1
El presente trabajo constituye una ponencia presentada en el “Primer Congreso
sobre Propiedad Intelectual, contratación y arbitraje internacional en la era
digital”, celebrado en septiembre de 2015 en la Universidad Blas Pascal.
Alumnos de 5º año de la carrera de Abogacía de la Universidad Blas Pascal.

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