Decreto N° 761

EmisorMinist. Secretaria Gral. de la Gobernacion
Fecha de la disposición27 de Abril de 2009

DECRETO N° 761

Mendoza, 27 de abril de 2009

Visto el expediente 354-S-2008-77793, en el cual se solicita la aprobación del Convenio celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Secretaria de Deporte, Lic. Beatriz María de Fátima Barbera, por una parte y por la otra, el Club Atlético Argentino, representado por el Sr. Angel Fabián Ramírez, para el uso de las instalaciones del Estadio Provincial “Malvinas Argentinas”, para la realización de un partido de fútbol correspondiente al Torneo Nacional Argentino “B” 2007;

Por ello, en razón del pedido formulado;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Secretaria de Deporte, Lic. Beatriz María de Fátima Barbera, por una parte y por la otra, el Club Atlético Argentino, representado por el Sr. Angel Fabián Ramírez, para el uso de las instalaciones del Estadio Provincial “Malvinas Argentinas”, para la realización de un partido de fútbol correspondiente al Torneo Nacional Argentino “B” 2007, el que en fotocopia autenticada como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Luis Alejandro Cazabán

Anexo

Convenio

Entre la Provincia de Mendoza, representada en este acto por la Secretaria de Deportes de la Provincia de Mendoza, Lic. Beatriz María de Fátima Barbera, y ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, en adelante el GOBIERNO por una parte; y por la otra el Sr. Angel Fabián Ramírez, en su calidad de representante de Club Atlético Argentino, en adelante el CLUB, se conviene en celebrar el presente convenio, el cual quedará sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera: El GOBIERNO cede el uso de las instalaciones del Estadio Provincial “Malvinas Argentinas” al CLUB, para realizar un partido de fútbol; entre los primeros equipos de Club Atlético Argentino Vs. Atlético Club San Martín, correspondiente al Torneo Nacional Argentino “B” 2007-2008, el día 19 de marzo de 2008.

Segunda: La Organización y Desarrollo será responsabilidad exclusiva del CLUB, quien libera al GOBIERNO de toda responsabilidad que pudiera derivar de la realización del partido.

Tercera: La capacidad de espectadores en el Estadio que se cede es la siguiente: Platea Oeste 14.000 localidades y Populares 20.000 localidades, por lo que resulta una capacidad máxima de...

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