Decreto N° 863/05
Firmantes | Ibarra-Perazza-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 8 de Junio de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 863/ 05
DELEGACIÓN DE FACULTADES - FACULTA A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A OTORGAR SUBSIDIOS A LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS ESCOLARES - CREACIÓN DE SUBSIDIOS - URGENTE EJECUCIÓN - ASPECTOS EDILICIOS - DETERIOROS
Buenos Aires, 08/06/2005
Visto el Expediente N° 30.262/05 y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza N° 43.409 se estableció otorgar un subsidio a las Asociaciones Cooperadoras de las Escuelas integrantes del sistema educativo de la Secretaría de Educación, para el mantenimiento de los edificios donde se desarrolla su actividad;
Que teniendo en cuenta que se han detectado deficiencias edilicias en algunos establecimientos escolares dependientes de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que merecen inmediata resolución, procede la asignación de recursos específicos a través de procedimientos abreviados y directos;
Que atento a lo descripto precedentemente, se hace necesario otorgar un subsidio que se diferencie del ya autorizado como cuota CODICO y que, tienda a hacer frente a problemas edilicios, que respondan a necesidades esenciales para el desarrollo y desenvolvimiento de la actividad educativa;
Que a los efectos de que dicho subsidio sea otorgado a la brevedad, se hace necesario agilizar los trámites administrativos sin que esto conlleve renunciar a la rigurosidad de los controles, por lo cual se facultará a la Secretaría de Educación, previo estudio de la situación planteada, a conceder una suma de dinero no superior a los $ 50.000 (pesos cincuenta mil) a los fines de dar respuesta inmediata a la solicitud efectuada por la autoridad competente;
Que las Autoridades de las Asociaciones Cooperadoras Escolares a quienes se les conceda dicho beneficio deberán decidir en forma rápida y eficiente el destino de los fondos otorgados, garantizando una efectiva aplicación y un transparente manejo de los mismos, centralizando el proyecto técnico, supervisión de los materiales y ejecución de las obras en la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento y el control de los gastos en la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares;
Que ha tomado la debida intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE...
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