Decreto N° 1317/04

FirmantesIbarra-Stern-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición21 de Julio de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1317/ 04

SECRETARÍA DE SALUD - APRUEBA REGLAMENTO DE CONCURSOS CERRADOS - CARGOS DE DIRECTOR, SUBDIRECTOR, JEFE DE DEPARTAMENTO Y DIVISIÓN DEL ÁREA TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y ASISTENCIAL - PERFILES - REGLAMENTOS - SELECCIÓN DE PROFESIONALES - CARGOS DE CONDUCCIÓN - REQUISITOS - CONDICIONES - CARRERA MUNICIPAL DE PROFESIONALES DE LA SALUD - ÁREA TÉCNICA SANITARIA - ASPIRANTES - RESPONSABILIDADES - FUNCIONES

Buenos Aires, 21/07/2004

Visto el Expediente N° 35.971/04 y,

CONSIDERANDO:

Que, la Secretaría de Salud propicia la incorporación de modificaciones al reglamento de concursos establecido por el Decreto N° 2.745/87 para la selección de profesionales para ocupar los Cargos de conducción en los niveles de Director, Subdirector del Área Técnica Administrativa y Asistencial, Jefe de Departamento y de División de la rama técnica administrativa del área Técnica Administrativa y Asistencial;

Que, asimismo, en base a los principios de organización plasmados en la Ley Básica de Salud de la Ciudad de Buenos Aires y como autoridad de aplicación, propicia el diseño del perfil de los puestos de Dirección de Hospital, en los cargos de Director y Subdirector, describiendo la misión y descripción de las funciones, responsabilidades y competencias ;

Que el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional;

Que, en tal sentido, la Ley Básica de Salud de la Ciudad de Buenos Aires N° 153 establece que el personal del subsector estatal de salud se encuentra bajo el régimen de un estatuto sanitario en el marco de lo establecido en el citado artículo de la Constitución de la Ciudad;

Que, por otra parte la citada Ley establece la organización del subsector estatal en redes y niveles de atención y la descentralización administrativa en el marco de políticas generales, bajo la conducción política técnica de la autoridad de aplicación;

Que, el artículo 10 de la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud aprobada por Ordenanza N° 41.455 (B.M. N° 17.920) reglamenta el régimen de concursos para el ingreso a la Carrera Municipal de Profesionales de Salud y para acceder a las funciones de conducción vacantes en el área Técnica Sanitaria y Técnica Administrativa y Asistencial;

Que, en su artículo...

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