Decreto N° 1496 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 237
CORDOBA, (R.A.), MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
la consignación judicial autorizada por el artículo 20° de la Ley N° 6394, en
caso de corresponder.
Artículo 3°.- INSTRÚYASE al Registro general de la Provincia a los
nes de la toma de razón y consecuente anotación marginal a nombre de
la Provincia de Córdoba, C.U.I.T. N°30-70818712-3, en el correspondiente
dominio, de lo dispuesto n la presente Ley.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Desarrollo Social y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Procuración
del Tesoro de la Provincia, al Registro General de la Provincia, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / RODRIGO M. RUFEIL, MINISTRO DE
DESARROLLO SOCIAL / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1496
Córdoba, 31 de octubre de 2016
VISTO: los artículos 2, 3, 4, 5, 81, 82, 128 y 129 de la Ley N° 24.013, la
Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N° 531 de fecha
29 julio del año 1999, la Ley Provincial N° 10.236 y el Decreto Provincial
N° 840/2016.
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las prescripciones de la normativa supra men-
cionada, el Gobierno de la Provincia de Córdoba, advierte la necesidad
de avanzar en la creación de un nuevo Programa de Empleo destinado a
promover el trabajo de las mujeres y su inserción en el mercado laboral en
igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna.
Que este nuevo Programa de Promoción, denominado “PorMí” a favor
de la empleabilidad de las mujeres se ejecutará en el marco de las autori-
zaciones otorgadas por la Ley N° 24.013 y la normativa citada en el Visto
del presente Decreto.
Que el Estado Provincial considera necesario profundizar las acciones
ya iniciadas en materia de formación e inserción laboral que se viene de-
sarrollando desde hace años en diversos Programas que instrumenta la
Provincia.
Que todos los habitantes de la Provincia de Córdoba tienen el derecho
constitucional a la libre elección de su trabajo y que el mismo presente
condiciones laborales equitativas dignas, seguras, salubres y morales.
Que nuestra Constitución Provincial otorga a las personas el derecho
a que el Estado promueva su desarrollo integral, posibilite su perfeccio-
namiento, su aporte creativo y propenda a lograr una plena formación
democrática, cultural y laboral que desarrolle la conciencia nacional en
la construcción de una sociedad más justa, solidaria y moderna, que lo
arraigue a su medio y asegure su participación efectiva en las actividades
comunitarias y políticas.
Que el Estado Provincial promueve la plena ocupación productiva de
sus habitantes, la capacitación laboral y formación profesional según las
necesidades regionales de la Provincia.
Que en función de lo expuesto, es menester promover medidas de
acciones positivas que garanticen la igualdad de oportunidades, de trato y
el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución
Nacional, Provincial y por los Tratados Internacionales vigentes sobre los
derechos y posibilidades con respecto a las mujeres de nuestra Sociedad.
Que el Gobierno de la Provincia reconoce y enaltece el rol fundamental
que cumplen las mujeres en la Familia y la Sociedad Cordobesa, así como
la necesidad de generar oportunidades para su inmediata inserción labo-
ral.
Por ello, normativa citada, y en ejercicio de sus atribuciones constitu-
cionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- CRÉASE el Programa “PorMí” con el objetivo de fomentar
la formación educativa de las mujeres desempleadas que cuenten con la
edad de 25 años cumplidos al momento de iniciar la práctica laboral, como
complemento y parte integrante del “Programa Provincial de Promoción del
Empleo”, y de conformidad a las pautas de funcionamiento que se detallan
en Anexo I, el que compuesto de UNA (1) foja útil, forma parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE que para todos los aspectos no compren-
didos expresamente en el presente Decreto serán de aplicación supletoria
los términos del Decreto N° 840/16 y de la Ley N° 10.236.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar to-
das las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en
el presente Decreto.
Artículo 4°.- EL presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria de
Equidad y Promoción del Empleo.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, remítase a la Legisla-
tura Provincial para su raticación, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese.
FIRMADO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – ALEJANDRA VIGO, SECRETA-
RIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO – JUAN CARLOS MASSEI, MINIS-
TRO DE GOBIERNO - DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.
ANEXO: https://goo.gl/iPH7mn
viene de tapa
Resolución Nº 309............................................................... Pag. 6
Resolución Nº 342............................................................... Pag. 7
Resolución Nº 305............................................................... Pag. 7
Resolución Nº 340............................................................... Pag. 8
Resolución Nº 360............................................................... Pag. 9
Resolución Nº 361............................................................... Pag. 9
Resolución Nº 280............................................................... Pag. 10
Resolución Nº 176............................................................... Pag. 11
Resolución Nº 175............................................................... Pag. 12
Resolución Nº 172............................................................... Pag. 12
Resolución Nº 171 .............................................................. Pag. 13

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR