Decreto Nº 1.961

EmisorMunicipalidad de Lujan
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2015

DECRETO Nº 1.961

Luján de cuyo, Mendoza 9 de diciembre de 2015

Visto: La Ordenanza N° 12.415-2015 que obra en expediente Nº11196-2014; y

CONSIDERANDO:

Que a fs.11/18 obra Ordenanza N°12.415-2015 por la que se crea la Zona Residencial 2; se crea la Zona Residencial 3; se autoriza la construcción de hoteles categoría 5 estrellas; fraccionamiento con lotes de superficie mínima en las zonas que indica.

Que dicha Ordenanza fue promulgada por Decreto N°1745-2015.

Que con posterioridad a su sanción se expidió nuevamente Dirección de Ordenamiento Territorial, informando que la Ordenanza N°12.415-2015 deja a la mayor parte del territorio departamental sin normativa que regule su ordenamiento, al derogar las Ordenanzas N°1517/99, N°3910/04, N°6366/06, N°9266/10, N°2130/01 Y N°2672/02, a las que sustituye por la nueva norma, que sólo está circunscripta a algunos sectores. Que por otra parte, se ha detectado inconvenientes en la nueva Ordenanza que se estima afectarán seriamente la distribución de actividades, creando incompatibilidades que podrían perjudicar tanto a vecinos de zonas residenciales altamente consolidadas, como a sectores productivos arraigados y en pleno funcionamiento. Adjunta informe donde se detalla cada uno de los puntos observados oportunamente.

Que en el art.1 de la Ordenanza, Ordenamiento Territorial observa a fs.28, que la nueva Ordenanza modifica varias Ordenanzas vigentes

en el territorio de Luján de Cuyo, en forma parcial. Sin embargo, establece lo siguiente "…Deróguese toda Ordenanza que se contraponga a la presente…", lo que de aplicarse implicaría dejar sin efecto prácticamente la totalidad de las normas generales de ordenamiento territorial del Departamento (a excepción de Chacras de Coria y Pueblo Vistalba), dejando la mayor parte del mismo sin normativa de regulación. Que este aspecto debe ser analizado seriamente, dado que tiene graves implicancias en la viabilidad de la aplicación del sistema de ordenanzas existentes en la actualidad.

Que la Zona Industrial 2 queda incluida en el corazón de la Zona Residencial 3 (la que se densificará al permitir lotes de 300 m2, por lo que, en lugar de ser protegida como uno de los motores económicos del Departamento, se verá constantemente acosada por los vecinos de los futuros barrios, por las lógicas molestias que dichas instalaciones les podrían producir. Para ello se había creado la Zona Reserva Ambiental 2, de menor densidad (que es...

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