Decreto n° 1.678
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 3 de Mayo de 0006 |
DECRETO Nº 1.678
Mendoza, 29 de agosto de 2005
Visto el Expediente Nº 00507-U-05-91303 en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Adhesión entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, en el marco del Subprograma IV "Promoción de Clusters" dentro del Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 7324 autorizaba al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir un convenio de préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a los efectos de implementar el Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza.
Que a tal efecto, mediante Decreto Nº 810/05, se creó la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI) como órgano de administración que deberá implementar este programa.
Los Ministerios firmantes son competentes para ello, en virtud de lo dispuesto por Decreto Nº 810/05 que faculta en su artículo 3º al Ministerio de Hacienda para celebrar convenios de adhesión con los Ministerios y autoridades de área u organismos comprometidos en cada programa.
Que la firma del convenio resulta necesaria para implementar el Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza, toda vez que el Ministerio de Economía se encuentra involucrado como Unidad Técnica Ejecutora (co-ejecutor del subprograma), para lo cual deberá afectar recursos humanos, conocimientos técnicos, y prestar en general la colaboración que fuere necesaria, conforme surge del Reglamento Operativo Específico debidamente aprobado por el Banco Interamericano de Desarrollo y que, como Anexo I, forma parte del convenio a celebrarse.
Que la necesidad de que los ministerios u organismos invo-lucrados estén comprometidos con el programa (finalidad que se obtiene con la subscripción de este convenio de adhesión), se desprende de lo dispuesto por el artículo 5º inciso I) del Decreto Nº 810/05. que contempla la creación y composición del Comité Consultivo, del que formarán parte los Ministerios u Organismos involucrados.
Que por imperio del Artículo 3º del Decreto Nº 810/05 in fine, resulta necesario que el convenio de adhesión sea ratificado por el Poder Ejecutivo.
Por ello, conforme lo dictaminado por el Area Legales de la Unidad de Financiamiento Internacional,
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO
DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Apruébese el Convenio de Adhesión suscripto entre el Ministerio de Hacienda, representado por el señor Ministro Lic. Alejandro Gallego y el Ministerio de Economía, representado por la señora Ministro Ing. Laura Gisela Montero, a los efectos de implementar el "Subprograma IV - Promoción de Clusters", dentro del Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza, el que en fotocopia certificada, como Anexo, forma parte del presente Decreto.
El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Economía.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JUAN CARLOS JALIFF
Alejandro Gallego
Laura Montero
______
ANEXO
CONVENIO DE ADHESIÓN
Entre el Ministerio de Hacienda, representado en este acto por el señor Ministro de Hacienda, Licenciado Alejandro Gallego, Ministerio de Economía, representado en este acto por la Sra. Ministro de esa cartera, Ingeniera Agrónoma Laura Gisela Montero, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, convienen:
Primero: La Provincia de Mendoza, mediante la Ley Nº 7324, autorizó al Poder Ejecutivo a celebrar un contrato de préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con la finalidad de implementar el Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza, el que será ejecutado a través de la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI), creada por el Decreto Nº 810 del 13 de Mayo de 2005. Entre los subprogramas que integran el Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza se encuentra el Subprograma IV - Promoción de Clusters, para cuya ejecución el Ministerio de Economía, deberá asumir compromisos conforme a la estructura y materia comprometida en el citado Subprograma. En este marco, el Ministerio de Economía se compromete a ejecutar el citado Subprograma conforme al Reglamento Operativo Específico (ROE), cuyo texto ya ha sido acordado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que forma parte del presente Convenio como Anexo I.
Segundo: De acuerdo a la materia y estructura del Programa y del Subprograma en cuestión, el Ministerio de Economía asume las siguientes obligaciones:
-
Integrar el Comité Consultivo previsto en la estructura de la Unidad de Financiamiento Internacional, creada por el Decreto Nº 810 del 13 de Mayo de 2005.
-
Aportar los recursos y acciones que resulten necesarios para la conformación de la Unidad Técnica Ejecutora (UTE) prevista en el Subprograma, la cual quedará bajo la dirección del Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza, así como ejecutar toda acción que resulte necesaria para la plena vigencia del Subprograma conforme al Reglamento Operativo Específico (ROE).
Tercero: El Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI) aportará los recursos necesarios para completar la ejecución del Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza.
Cuarto. El Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI), tratándose de bienes y equipos inventariables procederá a la transferencia al Ministerio de Economía, una vez que hayan sido recepcionados de conformidad por las reparticiones destinatarias.
Quinto: El presente Convenio quedará condicionado, su existencia, a la efectiva suscripción del Contrato de Préstamo de la Provincia con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), como asimismo a la ratificación por parte del Poder Ejecutivo.
En la Ciudad de Mendoza; a los veintiocho días del mes de junio de dos mil cinco, se firman tres ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto.
ARGENTINA
GOBIERNO DE MENDOZA
Reglamento Operativo Específico
Subprograma de Promoción
de Clusters
Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza (AR-L1003)
Mayo 2005
I.
A.
Objetivo
-
Definiciones
II.
El Subprograma
-
Objetivo
-
Beneficiarios
-
Subprograma y sus componentes.
-
Dimensionamiento.
III.
Ejecución del Subprograma.
-
Prestatario y garante.
-
Ejecutor.
-
Estructura de Orgánica - Funcional para la Ejecución.
IV.
Descripción y Operación del Subprograma.
-
Antecedentes: identificación y priorización de clusters.
-
Contratación de las Consultoras.
-
Contratación de los grupos gestores de clusters.
-
Componente 1: Iniciar un proceso de dinamización de los clusters.
-
Componente 2: Implemen-tación de IRC de clusters.
F.
Componente 3. Fortalecimiento Institucional.
Actividad 1 - Información y Estadísticas.
Actividad 2 - Unidad de Políticas Socio-económicas (UPSE).
-
Aspectos Ambientales.
VI.
Aspectos de Género y Equidad.
VII.
Código de Etica.
-
Mecanismos de Seguimiento y Evaluación.
IX.
Modificaciones al Reglamento Operativo.
-
-
INTRODUCCIÓN
-
Objetivo.
1.1.
El presente Reglamento Operativo Específico establece los términos y condiciones que regirán para la ejecución para el Subprograma de Promoción de Clusters, del Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza (AR-L1003).
1.2.
El Subprograma se estructura en tres componentes: (i) Caracterización y dinamización de Clusters, (ii) Implementación y seguimiento de IRC, (iii) Fortalecimiento Institucional.
1.3.
El presente Reglamento Particular tiene por objetivo definir y reglamentar la ejecución de los tres componentes del Subprograma. De corresponder este Reglamento se complementará con Manuales o Anexos a definir por los ejecutores, que tendrán que obtener la no objeción del BID.
1.4.
Forman parte integral de este Reglamento los Anexos mencionados en el índice.
-
Definiciones.
1.5
A continuación se incluye el significado de las siglas utilizadas en este Reglamento.
Sigla
Significado
Gobierno Nacional
Gobierno de la República Argentina
BID
Banco Interamericano de Desarrollo
UTE
Unidad Técnica Ejecutora
MHM
Ministerio de Hacienda de la Provincia de
Mendoza.
ME Ministerio de Economía
ML Marco Lógico del Programa
Subprograma
Subprograma objeto de este Reglamento
Operativo
Provincia
Provincia de Mendoza
ROG
Reglamento Operativo General
ROE
Reglamentos Operativos Específico.
UFI
Unidad de Financiamiento Internacional
DEP
Director Ejecutivo del Programa
CE Comité Estratégico
IRC
Iniciativas de Refuerzo a la Competitividad
IDR
Instituto de Desarrollo Rural
IDITS
Instituto de Desarrollo Industrial, Tecnológico y
de Servicios
DEIE
Dirección de Estrategias e Investigaciones
Económicas
GGC
Grupo Gestor de Clusters (Responsable IRC y
dos técnicos de apoyo por clusters)
-
-
EL SUBPROGRAMA
-
Objetivo.
2.1
El objetivo del Subprograma es aumentar la competitividad de las cadenas de valor a través del apoyo a procesos de desarrollo de negocios y de articulación de actores (empresas, instituciones de apoyo relacionadas, etc.) en torno a los clusters identificados en la provincia.
2.2.
El esquema conceptual del Subprograma, expresado mediante su Marco Lógico debe consultarse en el Anexo I.
-
Beneficiarios
2.3.
Serán beneficiarias del Subprograma empresas...
-
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