Decreto 416/2009

Fecha de la disposición30 de Abril de 2009

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 19 de enero de 2009, la designación transitoria efectuada en la DIRECCION DE INVESTIGACIONES de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS por el Decreto Nº 1104/07, prorrogada por su similar Nº 880/08, conforme el detalle obrante en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2º

El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 19 de enero de 2009.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de este acto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa. -- Aníbal D. Fernández.

ANEXO I MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS OFICINA ANTICORRUPCION DIRECCION DE INVESTIGACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO Nº NIVEL Y GRADO FUNCION PRORROGA DESDE REY, Hernán Matías D.N.I. 26.493.071 C - 0 Investigador 19/01/2009 INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Decreto 414/2009

Autorízase a la firma HP GLOBAL S.A. a operar como empresa terminal de la industria automotriz en los términos de la Ley Nº 21.932.

Bs. As., 28/4/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0148641/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante el referido expediente la firma HP GLOBAL S.A., solicita su inclusión en carácter de empresa terminal, en el Régimen de la Industria Automotriz establecido por la Ley Nº 21.932 y sus normas reglamentarias.

Que el proyecto industrial involucrado en la referida solicitud, implica inversiones y la creación de nuevos puestos de trabajo.

Que, asimismo, el producto de la actividad industrial que la empresa proyecta desarrollar será destinado tanto al mercado interno como a la exportación.

Que se hace necesario puntualizar que al momento del comienzo de la actividad industrial en serie, deben encontrarse cumplimentados los requisitos técnicos exigidos por las certificaciones ISO 9001:2000 o equivalentes, respecto de la planta industrial y el proceso productivo, y por la Licencia para Configuración de Modelos...

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