Decreto 1742/2012

Fecha de disposición20 Septiembre 2012
Fecha de publicación25 Septiembre 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 20/9/2012

VISTO el Expediente del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 16.067/2012, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 2009 del 15 de diciembre de 2010 y su modificatorio y 328 del 7 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias.

Que por los Decretos Nros. 2009/10 y 328/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que a fin de aumentar la capacidad de respuesta del Ministerio a las demandas que la sociedad produce, resulta menester aprobar la estructura de nivel inferior al primer nivel operativo de la UNIDAD MINISTRO y de las Secretarías ministeriales de la citada Jurisdicción.

Que, asimismo, resulta necesario establecer nuevas aperturas estructurales en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Incorpórase a la estructura organizativa de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, aprobada por Decreto N° 328 del 7 de marzo de 2012, la DIRECCION NACIONAL DE ENLACES Y COMUNICACIONES INTERJURISDICCIONALES, de conformidad con la Responsabilidad Primaria y Acciones obrantes en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2°

— Apruébase la estructura organizativa del segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE COORDINACION, PLANEAMIENTO Y FORMACION del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de conformidad con el organigrama y las acciones que, como Anexos la, Ib, Ic y II, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 3°

— Apruébase la estructura organizativa del segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de conformidad con el organigrama y las acciones que, como Anexos Illa, IIIb, IIIc, Illd y IV, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 4°

— Apruébase la estructura organizativa del segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PUBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de conformidad con el organigrama y las acciones que, como Anexos Va, Vb y VI, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 5°

— Apruébanse, en los ámbitos de la UNIDAD MINISTRO, de la SECRETARIA DE COORDINACION, PLANEAMIENTO Y FORMACION, de la SECRETARIA DE SEGURIDAD y de la SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PUBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al “Listado” y “Acciones” que como Anexos VII y VIII forman parte integrante de la presente medida.

Art. 6°

— Facúltase a la titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación, correspondiente a la estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerial, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.

Art. 7°

— El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 8°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Nilda C. Garré.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARIA DE SEGURIDAD

DIRECCION NACIONAL DE ENLACES Y COMUNICACIONES INTERJURISDICCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Secretario de Seguridad en la planificación de los aspectos operativos, técnicos y administrativos de los Sistemas y Servicios de Comunicaciones de la Secretaría destinados a las relaciones entre los Organismos Gubernamentales a nivel nacional, provincial y municipal.

ACCIONES:

  1. Asistir al Secretario de Seguridad en la coordinación del Procesamiento de Comunicaciones de la Seguridad vinculada al accionar de las Fuerzas Policiales y de Seguridad.

  2. Coordinar el intercambio de información de la SECRETARIA DE SEGURIDAD con las Instituciones Policiales y de Seguridad que conforman el sistema de Seguridad Interior de acuerdo a lo previsto en Ley N° 24.059.

  3. Mantener relaciones y enlaces con los Organismos de Gobierno en el ámbito nacional, provincial y municipal.

  4. Asistir al Secretario en la coordinación de los aspectos funcionales ante situaciones de emergencia y catástrofe articulando la actuación de las fuerzas de seguridad con otros Organismos Nacionales.

  5. Asistir al Secretario de Seguridad en la articulación institucional con los distintos Organismos No Gubernamentales Nacionales, Provinciales y Municipales.

    ANEXO la

    ANEXO Ib

    ANEXO Ic

    ANEXO II

    SECRETARIA DE COORDINACION, PLANEAMIENTO Y FORMACION

    SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA

    DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

    DIRECCION DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD

    ACCIONES:

  6. Elaborar el presupuesto anual de la Jurisdicción de acuerdo a los planes y políticas nacionales de seguridad y la normativa vigente, coordinar los procesos de ejecución presupuestaria, analizar la evolución del presupuesto, evaluar su ejecución y proponer las modificaciones presupuestarias necesarias.

  7. Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual en coordinación con las Unidades Ejecutoras de Programas (UEP) de la Jurisdicción.

  8. Actuar como Unidad de Registración Contable (URC) del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF), para la Jurisdicción.

  9. Analizar la evolución de los recursos contemplados en las previsiones presupuestarias para la atención de los distintos programas que se determinen en los organismos de la Jurisdicción, promoviendo el aprovechamiento integral de los recursos disponibles.

  10. Evaluar, consolidar y coordinar la registración centralizada de la información remitida por las Unidades Ejecutoras de Programas de la Jurisdicción, referidas a la programación y ejecución física y financiera.

  11. Coordinar la tramitación ante la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la información elaborada por las Unidades Ejecutoras de Programas referidas a la programación y ejecución física y financiera del presupuesto.

  12. Asesorar en todo lo concerniente a los aspectos presupuestarios relativos al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) y otros sistemas que se implementen en la Administración Central.

  13. Asesorar a la Superioridad en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto de la Jurisdicción y a los distintos estamentos de la Jurisdicción en los aspectos financieros y contables.

  14. Administrar el sistema de información financiera que permita conocer en forma permanente la gestión de la Jurisdicción.

  15. Controlar las actividades relacionadas con registraciones contables de ejecución del presupuesto.

  16. Asesorar y supervisar la determinación y retención de impuestos y leyes previsionales.

  17. Preparar la Cuenta de Inversión de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

  18. Administrar y coordinar el procedimiento de viáticos, movilidad y pasajes de acuerdo a la normativa vigente.

  19. Registrar y administrar las rendiciones de cuentas que correspondan a la Jurisdicción.

    DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

    ACCIONES:

  20. Planificar sobre la base de las necesidades de la Jurisdicción el Programa Anual de Compras de Bienes y Contratación de Servicios para una adecuada ejecución del presupuesto.

  21. Centralizar y agrupar los requerimientos de las Unidades Ejecutoras de los Programas de la Jurisdicción.

  22. Definir la modalidad de contratación para la adquisición de materiales, suministros, maquinarias y equipos, así como la de servicios para los sectores solicitantes.

  23. Dirigir los procesos licitatorios necesarios en el marco de las normas que rigen las contrataciones del Estado Nacional.

  24. Mantener actualizados los registros correspondientes al área de su competencia.

  25. Confeccionar los pliegos, llevar a cabo los procedimientos licitatorios y elaborar los actos administrativos a suscribir por las autoridades competentes.

  26. Efectuar el seguimiento y control del estado de las contrataciones.

  27. Realizar la publicación y difusión de los trámites licitatorios a los efectos de asegurar una mayor concurrencia de oferentes.

  28. Asistir en sus tareas a las Comisiones Evaluadoras de Ofertas que funcionen a los efectos de realizar un proceso licitatorio, asesorando en la materia.

    SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS

    DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

    DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JUDICIALES

    ACCIONES:

  29. Asistir al Director General de Asuntos Jurídicos en el asesoramiento a las autoridades de la Jurisdicción, respecto de la aplicación de normas legales y en los asuntos jurídicos relacionados a las competencias del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

  30. Dictaminar respecto de los aspectos técnico-legales de los proyectos de actos administrativos de carácter general que se propicien o se sometan a consideración del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

  31. Dictaminar en los...

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