Decreto 1632/2007

Fecha de disposición15 Noviembre 2007
Fecha de publicación15 Noviembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31282

No hacer lugar a un recurso en grado de insistencia intentado contra la Disposición del Director Nacional de Gendarmería Nº 489/05.

Bs. As., 13/11/2007

VISTO el Expediente EXPGNA - S02:0000010/ 2007, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, y CONSIDERANDO:

Que el Comandante Mayor (R) de GENDARMERIA NACIONAL D. Rubén Adolfo CIPUZAK (M.I. 8.608.465), interpuso recurso en grado de insistencia contra la Resolución del señor Ministro del Interior Nº 2141, notificada el 21 de noviembre de 2006, mediante la cual se desestima el recurso en grado de insistencia intentado, contra la medida administrativa de carácter disciplinario, que le fuera impuesta por Disposición del señor Director Nacional de Gendarmería Nº 489/05, en el marco de la Información Militar Nº 02/04, expediente UR 4-0300/14.

Que los antecedentes del subexamen se encuentran suficientemente reseñados en los Dictámenes Nº 3972 del 11 de julio de 2006 y Nº 1435 del 13 de marzo de 2007, ambos de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la medida de la cual se agravia el causante, resultó impuesta por el señor Director Nacional de Gendarmería con fecha 3 de mayo de 2005, por la siguiente causal:

'Desprenderse de la Información Militar (Expediente UR 4-0300/14) que desempeñándose como Jefe del Servicio de Aviación, efectuó obras en dependencias de dicho elemento sin la debida autorización de la superioridad y sin respetar la normativa respectiva, posibilitando con ello reclamaciones patrimoniales de un particular, con el consiguiente perjuicio para el servicio, proceder que no condice con su condición de Oficial Superior de la Fuerza'.

Que la facultad de considerar la conducta del personal en el ámbito disciplinario militar por el superior sancionador, procede más allá del decisorio que recaiga en sede penal.

entablar recurso ante el superior que se la impuso a fin de que se deje sin efecto o se modifique la sanción'.

Que el recurso presentado por el Comandante Mayor (R) D. Rubén Adolfo CIPUZAK (M.I.

8.608.465), reúne los requisitos de procedencia formal, toda vez que se ha respetado la correspondiente vía jerárquica e interpuesto en los términos que establece el artículo 231 de la Reglamentación de Justicia Militar para GENDARMERIANACIONAL, Decreto Nº 712 del 29 de mayo de 1989.

Que en la presentación del citado Oficial Superior...

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