Decreto 296/2015

Fecha de la disposición27 de Febrero de 2015



ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 296/2015

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 27/2/2015

VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la norma citada en el Visto, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 2°

— Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 3°

— Transfiérese la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE a la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA.

Art. 4°

— La transferencia a que alude el artículo anterior comprenderá las unidades organizativas con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 5°

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

Planilla Anexa al artículo 1°

XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

- SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO

- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN

- SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL

- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA AMBIENTAL

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS AMBIENTALES

- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

- SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN

SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL

- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN PARA LA INTEGRACIÓN NACIONAL

- SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN OPERATIVA

SECRETARÍA NACIONAL DE ACCESO AL HÁBITAT

- SUBSECRETARÍA DE ORDENAMIENTO Y DESARROLLO TERRITORIAL

- SUBSECRETARÍA DE URBANIZACIÓN Y ORGANIZACIÓN COMUNITARIA

Planilla Anexa al artículo 2°

XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

OBJETIVOS:

  1. Establecer y coordinar un canal permanente de intercambio con los sistemas de información y monitoreo de planes para posibilitar la correcta evaluación del impacto de la implementación de las políticas de la Jurisdicción.

  2. Realizar el control del cumplimiento de los proyectos, programas, planes y acciones de la Jurisdicción.

  3. Coordinar la ejecución de proyectos especiales intersectoriales, intrajurisdiccionales e interdisciplinarios, a fin de viabilizar la ejecución de las políticas diseñadas en el ámbito de su competencia.

  4. Coordinar el seguimiento y monitoreo de los informes remitidos por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) y la AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN (AGN) al Jefe de Gabinete de Ministros.

  5. Participar en las propuestas de los lineamientos básicos para la implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa contemplados en la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

  6. Coordinar con el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE la asistencia a los Estados Provinciales en la formulación de los mecanismos y sistemas de democracia directa.

  7. Entender en el diseño, implementación y seguimiento de la política de modernización del Estado y asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los lineamientos estratégicos y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

  8. Entender en el análisis, evaluación y propuesta del rediseño de la macroestructura de la Administración Nacional, impulsando su desarrollo e implementación.

  9. Entender en el proceso de aprobación de las estructuras organizativas de los organismos de la Administración Nacional, en el diseño de políticas para su perfeccionamiento, en la propuesta de normas reglamentarias y en el control de su aplicación.

  10. Entender en el diseño, implementación y monitoreo de programas que propendan a la mejora de los servicios al ciudadano, como así también, aquellos que fomenten la transparencia y accesibilidad con la gestión de gobierno.

  11. Entender en el establecimiento de directrices y normas para la elaboración e implementación de un sistema de planificación estratégica en los organismos de la Administración Nacional, coordinando y supervisando su implementación.

  12. Entender en el proceso de monitoreo y evaluación de la ejecución de las políticas públicas.

  13. Coordinar con los distintos organismos de la Administración Pública Nacional la articulación de los sistemas de evaluación sectoriales.

  14. Desarrollar un sistema de seguimiento de los programas de gobierno, estableciendo indicadores claves de las políticas prioritarias, para la toma de decisiones.

  15. Entender como autoridad de aplicación de la Ley N° 24.127 que instituye el Premio Nacional a la Calidad en lo referido al Sector Público y ejercer la Presidencia del Comité Permanente.

  16. Entender en la formulación e implementación de las políticas de modernización de la gestión de recursos humanos de la Administración Pública Nacional, de la normativa aplicable en materia de empleo público, su interpretación y control de su aplicación.

  17. Entender en los procesos de resolución de conflictos individuales o colectivos, relativos al personal de la Administración Pública Nacional.

  18. Representar al Estado Nacional en las Convenciones Colectivas de Trabajo en las que el Estado Nacional sea parte.

  19. Intervenir en el análisis y aprobación de todas aquellas medidas relativas a la política salarial de la Administración Nacional y de los sistemas de incentivos del empleo público.

  20. Entender en el diseño e implementación de las políticas de capacitación para el personal de la Administración Pública Nacional.

  21. Entender y promover la realización de estudios e investigaciones que contribuyan al conocimiento de la Administración Pública y el Estado.

  22. Entender en todos los aspectos referidos al desarrollo de la Escuela Superior de Gobierno.

  23. Entender en la formulación de programas de asistencia a los organismos del Sector Público Nacional y a las provincias que así lo requieran y que tengan por objeto la modernización de la gestión, el mejoramiento continuo de la calidad de sus servicios, y la incorporación de nuevas tecnologías de información.

  24. Coordinar el funcionamiento del CONSEJO FEDERAL DE LA FUNCIÓN PUBLICA.

  25. Entender en la administración y coordinación de la Red Telemática Nacional de Información Gubernamental en sus aspectos técnicos, económicos y presupuestarios.

  26. Entender en la dirección ejecutiva del GRUPO DE TRABAJO MULTISECTORIAL creado por el artículo 1° del Decreto N° 512/09.

  27. Entender en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información en la Administración Nacional.

  28. Entender en el régimen normativo de la infraestructura de Firma Digital establecida por la Ley N° 25.506, y en las funciones de ente licenciante y supervisor de certificadores.

  29. Entender en la formulación de las políticas de uso de software en la Administración Pública Nacional.

  30. Entender en la definición e implementación de políticas de tecnologías de la información y las comunicaciones de la jurisdicción.

  31. Entender en la planificación e implementación del Plan Nacional de Gobierno Electrónico, coordinando con organismos nacionales, provinciales y municipales.

  32. Dirigir y supervisar el accionar del Cuerpo de Administradores Gubernamentales.

  33. Entender en el desarrollo de programas destinados a la...

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