Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 19 de Agosto de 2016, expediente CIV 021147/2012/CA001

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2016
EmisorCamara Civil - Sala G

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 21147/2012.- D. E. Y OTRO c/ M. J. O.Y OTRO s/EJECUCION DE ALIMENTOS - INCIDENTE Buenos Aires, de agosto de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibido, según nota de fs. 73vta.-

  2. En atención a la calidad, extensión y mérito de la labor profesional desarrollada, al monto del proceso y a lo establecido por los arts. 6, 7, 40 y conc. de la ley 21.839 y la ley 24.432, se confirman -por considerarlos ajustados a derecho- los honorarios regulados a fs. 35 en favor de la letrada patrocinante de la parte actora.

  3. Regístrese y notifíquese (fs. 66 y 68). Una vez cumplido con lo dispuesto en la Acordada N° 24/13 de la C.S.J.N., devuélvase. La vocalía N° 20 se halla vacante (art. 109 R.J.N.).

C.A.B.C.A.C.C.F. de firma: 19/08/2016...

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