CS Caso Arriola, Tenencia de Drogas para consumo

AutorRodolfo Capón Filas
Antecedentes

En 1978, en pleno gobierno militar, el tribunal, en el caso Colavini, resolvió que era constitucional sancionar la tenencia para consumo. En 1986, durante el gobierno de Raúl Alfonsín, en el caso Bazterrica, cambió de criterio y declaró inconstitucional la tenencia de pequeñas cantidades de marihuana para consumo. Pero en 1990, durante el gobierno de Carlos Menem, una Corte más conservadora volvió al criterio del caso Colavini.

En el caso Bazterrica, Enrique Petracchi votó por la desincriminación. Carlos Fayt, por la postura inversa.

I Análisis del fallo
  1. La Corte, el 25.08.2009, consideró contraria a la Constitución la penalización de la tenencia de estupefacientes destinada al consumo personal porque supone entrometerse en el ámbito privado y la libertad personal.

    No advierte que si el adicto no se cura, los costos de su salud deteriorada serán sufragados por la sociedad en su conjunto, por la falta de atención en su trabajo, por la incidencia en su familia y por el precio de su recuperación que, a la larga, caerá en la salud pública. Pero ése es otro tema.

  2. El caso "Arriola" (25.08.2009) desnuda el dogma del "deber moral de aatamiento" a las sentencias de la Corte porque muestra que, de acuerdo a las circunstancias sacietales y politicas, el Alto Tribunal cambia. Más allá de sus aciertos o desaciertos, el fallo en sí mismo es una lección para los aplaudidores de turno que "pegan y copian", ahorrándose el costo de pensar y decidir ante su conciencia. Más allá de las hermosas palabras empleadas respecto de la libertad personal, la sentencia descuida que sin consumo no hay producción porque éste se alimenta de aquél. Por otra parte parece olvidar que al Gobierno no le interesa demasiado cortar la cadena de producción que ha mutado el país tal como la misma sentencia reconoce.

  3. El discurso previo a la sentencia comenzó casi veinte días antes lo que supone flitraciones desde la Corte, unidas a las declaraciones públicas de dos jueces emblemáticos, Fayt y Zaffaroni, quienes abiertamente se refirieron al tema

    Si esa mala praxis comienza a circular en el Poder Judicial, cualquier sentenci, más o menos importante, será conocida por los medios y por la sociedad civil, mucho antes de ser sancionada.

    ¿No era que los “jueces hablan por sus sentencias”?

    Ya no. Hablan-antes- de hablar, tema que deleitaría Borges y haría llorar a Alberdi.

    ¿A alguien le importa? Seguramente, no.

  4. La sentencia advierte que la persecución penal de los usuarios de drogas tampoco ha servido para combatir el narcotráfico.

    Fuera de sus funciones específicas y actuando políticamente exhorta “a los poderes públicos” a “asegurar una política de Estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables, especialmente los menores”.

  5. La sentencia retoma los fundamentos del caso Bazterrica con el cual la Corte de 1986 invalidó el castigo de la tenencia para consumo personal al concluir que violaba el artículo 19 de la Constitución.

    Dicha decisión fue revertida en 1990, que volvió a criminalizar con la teoría de que perseguir al consumidor permitiría combatir la comercialización de estupefacientes. Pero, a diferencia de Bazterrica, el fallo traza un límite: la tenencia no se castigará en la medida en que no traiga aparejado “un peligro” o un “daño a terceros”.

  6. Los jueces Highton, Maqueda y Fayt mencionan distintas drogas para ilustrar que “la actividad vinculada al comercio de estupefacientes lejos de haber disminuido se ha incrementado notablemente” en los últimos años. Citan informes de Naciones Unidas que señalan a la Argentina como “país de tránsito” de estupefacientes; con “indicios de producción local de cocaína”; con récord latinoamericano en el consumo de “pasta base”; con incrementos en el consumo de éxtasis, opio, marihuana, anfetaminas y tranquilizantes sin prescripción.

    También explican que los propios tratados internacionales incorporados tras la reforma de 1994 reconocen “el derecho a la privacidad” e impiden toda “injerencia arbitraria” en ese ámbito. Y señalan que las convenciones sobre drogas adoptadas obligan a generar mecanismos para “combatir el narcotráfico” y adoptar medidas “de salud, preventivas” destinadas a los sectores más desprotegidos.

    Desde hace muchos años esta Corte ha señalado esa necesidad y no se ha advertido una política pública consistente y efectiva”, cuestiona el voto de Ricardo Lorenzetti.

  7. Quienes, dentro y fuera de los Tribunales, se aferran al dogma del “deber moral de acatamiento” a la Corte, se encontrarán ahora con que deben cambiar de nuevo ya que la Corte cambió.

    Difícilmente aprenderán a pensar y decidir bajo su responsabilidad porque siempre les resulta fácil obedecer a quien manda.

  8. Si a esto se añade que Zaffaroni, por TV, ha manifiestado que se puede tener una "macetita en el balcón" con plantas de marihuana y que se puede fumar en público, el hiper-texto que leerán los adictos o tendientes a serlo, es claro: fumemos, fumemos , que nada pasará.

    Si a esto sobre-añadimos que los K preferencian tirar dinero público en el fútbol, desatendiendo hospitales y escuelas, el hiper-texto se acentúa: "en este país de joda, sigamos de joda. ¿Total? Nada nos pasará.

    La producción de droga aumentará. Ya lo sabía el viejo Vizcacha: "hacete amigo del juez, no le des de qué quejarse".

II Advertencia situada

Equipo de Sacerdotes para las Villas

Comunicado sobre la despenalización del consumo de drogas(25.008.2009)

Ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia del día de hoy, quienes integramos el Equipo de Sacerdotes para las Villas expresamos a continuación nuestra humilde opinión, que ratifica plenamente aquellas reflexiones que se hicieran públicas .

Nosotros somos respetuosos de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Valoramos su autoridad. Además creemos en el valor de las instituciones para el crecimiento de nuestra Nación.

Por otro lado nuestra palabra sobre la despenalización no pretende ocupar el lugar que tiene la palabra de la Conferencia Episcopal Argentina sobre este tema.

Con espíritu de aportar al diálogo –ofreciendo el propio pensamiento y buscando integrar el pensamiento diferente- y no de confrontar, hicimos público nuestro documento: “La droga en las Villas: despenalizada de hecho”.

Queríamos defender a nuestros vecinos villeros -estigmatizados por tantas cosas-, afirmando que una cosa es la Villa y otra el narcotráfico. Y señalar que los primeros que sufren las consecuencias del narcotráfico son los habitantes de estos barrios humildes.

El Evangelio de Jesús nos invita a pararnos en las periferias geográficas y existenciales y desde allí mirar. Nos invita a entrar en comunión con los más pobres, y desde los pobres llegar a todos. Este camino desde los pobres a todos nos parece un programa más que válido a la hora de trazar políticas de Estado, a la hora de legislar y a la hora de juzgar.

Muchos de los niños, adolescentes y jóvenes de nuestros barrios no viven sino que sobreviven y muchas veces la oferta de la droga les llega antes que un ambiente dichoso y sano para jugar, llega antes que la escuela, o llega antes que un lugar para aprender un oficio y poder tener un trabajo digno. Se acortan así las posibilidades de darle un sentido positivo a la vida. “Hoy, fundamentalmente, en nuestra cultura la dignidad de la vida se juega en el eje inclusión-exclusión; comunión-aislamiento” (Carta pastoral de la CEA, del 20 de agosto del 2009. Nº 22)

No pretendemos que la responsabilidad frente a esta situación de desigualdad de oportunidades quede sólo en manos del Estado. La solidaridad es en primer lugar que todos nos sintamos responsables de todos. (Cf. CIV 38)

Nos preguntamos: ¿cómo decodifican los chicos de nuestros barrios la afirmación de que es legal la tenencia y el consumo personal? Nos parece que al no haber una política de educación y prevención de adicciones intensa, reiterativa y operativa se aumenta la posibilidad de inducir al consumo de sustancias que dañan el organismo. La experiencia de acompañar a jóvenes en el camino de recuperación y reinserción social nos ha permitido escuchar el testimonio de muchos que han empezado consumiendo pequeña cantidad de marihuana y de pronto se encontraron consumiendo drogas más dañinas aun como el paco. La vida se les volvió ingobernable. Por eso desde nuestro punto de vista las drogas no dan libertad sino que esclavizan. La despenalización a nuestro parecer influiría en el imaginario social instalando la idea de que las drogas no hacen tanto daño.

Vemos la buena intención de los que buscan no criminalizar al adicto, es una locura criminalizar la enfermedad. Pero intentemos pararnos nuevamente desde la perspectiva de las familias más vulnerables. Sin un buen sistema de salud, sin políticas fuertes de prevención, sin un sistema educativo realmente inclusivo y eficiente, el único encuentro del adicto y su familia – que pide ayuda- con el Estado es la justicia. Despenalizar en estas condiciones, es dejar abandonado al adicto, no hacerse cargo de su derecho a la salud. La dinámica misma de la adicción, lleva muchas veces a hacer cualquier cosa para satisfacer el deseo de consumo. El próximo encuentro entre el Estado y el adicto ya no será en la enfermedad, sino en el delito que a veces nace de ella.

Usando una imagen podríamos decir entonces que la discusión sobre la despenalización corresponde a los últimos capítulos del libro y no a los primeros.

Pedimos a la Virgen de Luján, Madre del Pueblo, que cuide y proteja a sus hijos que padecen el flagelo de la droga, de fuerzas a sus familias y luz a nuestra sociedad para generar vínculos de promoción y solidaridad.

Equipo de Sacerdotes para las Villas de emergencia de la Ciudad de Buenos Aires.

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