Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 13 de Agosto de 2013, expediente 872/2013

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2013
EmisorSala 4

CAUSA Nro. 872/2013 - SALA IV

Cámara Federal de Casación Penal “B.E., M. s/recurso de casación”

REG. NRO. 1416.13.4

Buenos Aires, 13 de agosto de 2013.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto a fs. 70/81vta. por el señor Defensor Público Oficial, doctor P.A.L., asistiendo técnicamente a M.B.E., en la presente causa N..

872/2013.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 29 de abril de 2013, la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, en el incidente de excarcelación Nº 46/13 (Expediente Nº P-1497/11), en cuanto aquí interesa, resolvió: RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto contra el auto de fs. 8/9vta., por el que se denegó

    la excarcelación de M.J.B.E. (cfr. fs.

    65/69).

  2. Que contra dicha decisión, interpuso recurso de casación el señor defensor, el que fue concedido a fs. 82/83.

    El recurrente se agravió en orden a los motivos previstos en los dos incisos del art. 456 del C.P.P.N.

    Con relación a ello, argumentó que en el decisorio impugnado se efectuó “…una interpretación arbitraria de la normativa vigente, quebrantando, formas sustanciales del proceso, y cometiendo un error ‘in iudicando’, así como también ‘in procedendo’ pues no se observaron las normas de derecho procesal establecidas expresamente bajo sanción de inadmisibilidad, caducidad o nulidad” (énfasis eliminado).

    Al respecto, la defensa se agravió por entender que el tribunal a quo no fundó adecuadamente la existencia de peligro procesal concreto. Afirmó que la consideración del monto de la pena prevista para el delito imputado como una presunción iuris tantum del peligro de fuga importa un supuesto de inversión de la carga de la prueba. Asimismo, criticó que se tomara en cuenta, para fundar el rechazo a la excarcelación, la conducta desplegada por su asistida durante su detención, y señaló que la privación de la libertad de B.E. se ha prolongado irrazonablemente. Solicitó que se haga lugar a la excarcelación e hizo reserva del caso federal.

    Los señores jueces doctor M.H.B. y J.C.G. dijeron:

    Que si bien las resoluciones que deniegan la excarcelación o la exención de prisión, en tanto restringen la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 280:297; 290:393; 307:359; 308:1631; 310:1835;

    310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934, entre...

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