Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 7 de Mayo de 2014, expediente FSA 021000181/2004

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2014
EmisorSala CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA

A.D.H. Y

OTROS C/ INTA S/ LEY 18.345

EXPTE. Nº 21000181/2004

ta, 6 mayo de 2014.

VISTO

El recurso de apelación de fs. 366; y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación deducido por la demandada en contra del auto regulatorio de fecha 8 de agosto de 2013 mediante el cual el Señor Juez de primera instancia fijó los honorarios de la Dra. R. delR.P. de M. en la suma de $

    8.000 (fs.365). La recurrente consideró alta la retribución fijada (fs. 366).

  2. Que a los fines de la determinación de los honorarios correspondientes en la especie, y de acuerdo a las disposiciones arancelarias vigentes (arts. , , , , 39° y cc. de la Ley 21.839, con las modificaciones introducidas por la Ley 24.432), teniendo en cuenta el carácter en que actuó la citada profesional en representación de la parte actora, la tarea desempeñada, el tiempo insumido y el resultado obtenido (fs. 302/308), los honorarios establecidos a su favor se aprecian como razonables, por lo que deben ser confirmados, agregándose que su fijación depende del conjunto de pautas que Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA

    dimanan del art. 6° de la ley 21.839, las que deben ser siempre tenidas en cuenta y aplicadas por los jueces con prudencia y discreción (Fallos: 257:142;

    261:398; 296:124, entre muchos otros).

  3. Asimismo, la Dra. A. dejó planteada la solicitud de regulación por la labor desarrollada en esta instancia conforme los términos que se desprenden de fs.356.

    Que teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 21.839, con las modificaciones introducidas por la Ley 24.432; considerando la tarea profesional desempeñada en esta instancia (fs. 317/320 y 348/349), el monto regulado en primera instancia (fs. 357) y el resultado obtenido en la resolución de fs. 329/332 vta. y de fs. 351 y vta. -recurso extraordinario-, regúlanse los honorarios de la Dra. S.M.A. en la suma de $ 2.800 (pesos dos mil ochocientos); debiendo estarse a la imposición de costas de fs. 332 vta. y 351.

    Asimismo, y en virtud del principio de economía procesal,

    conforme las mismas normas y en atención a la tarea profesional desempeñada en esta instancia por la Dra. R. delR.P. de M. (fs. 312/314

    y fs. 336/345 -recurso extraordinario-), el monto regulado en primera instancia y el resultado obtenido (fs.329/332 y vta. y fs. 351 y vta.) regúlanse los honorarios de la citada profesional en...

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