Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 30 de Abril de 2015, expediente FLP 000335/2011/CA002

Fecha de Resolución30 de Abril de 2015
EmisorSala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III la ciudad de La Plata a los 30 días del mes de abril del año dos mil trece, reunidos en Acuerdo los señores Jueces de esta Sala Tercera de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, toman en consideración el expediente n° 335/2011, “Agrupación Lomas de Aeromodelismo c/ Covelia y ocupantes s/ Desalojo”, procedente del Juzgado Federal N° 3 de Lomas de Z.. Practicado el pertinente sorteo el orden de votación resultó el siguiente: C.A.N., A.P. y C.A. vallefin.

El juez N. dijo:

I.A..

  1. Los antecedentes del caso fueron expuestos en la decisión de fs. 525/529. A ella remito para evitar reiteraciones.

  2. En dicha resolución se decidió -como cuestión previa al tratamiento del recurso- hacer lugar al hecho nuevo planteado por la actora cuya producción consta a fs. 533/562.

De ello resultó la existencia del expediente administrativo denunciado por la actora que refiere a su pedido de “concesión de un sector del campo Fecha de firma: 30/04/2015 Firmado por: C.A.N., Juez de Cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: A.M.G. DEL RIO, Secretaria “La Laguna” en el predio de Santa Catalina, para práctica deportiva…”. No pudo lograrse su remisión por no encontrarse en los archivos de la Facultad de Ciencias Agrarias, ni de la Universidad. Así sucedió no obstante los reiterados pedidos del Tribunal y de búsquedas exhaustivas que hizo la autoridad universitaria.

En este aspecto solo se logró determinar que “el expediente” se inició el 14/7/1983 y, luego de pasar por diversas dependencias, se archivó el 22/9/1986.

Asimismo, se advierte que fue retirado con fecha 18/6/1997 por el entonces Secretario de Supervisión Administrativa de la Facultad –señor M.- para ser llevado en mano a la Presidencia de la Universidad por el Ingeniero Forestal Andía, quien por entonces era Decano de la Facultad.

2.1. De la prueba producida se ordenó

traslado a Covelia y a la actora, quienes se manifiestan a fs. 566 y fs. 567 respectivamente.

Fecha de firma: 30/04/2015 Firmado por: C.A.N., Juez de Cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: A.M.G. DEL RIO, Secretaria Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III La actora solicitó citar como testigo al ingeniero A. para ser interrogado con relación al destino del mentado expediente administrativo.

2.2. La derivación probatoria pretendida por la actora no habrá de ser receptada, en tanto de consuno a la...

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