Decisión Administrativa 687/2014

Fecha de publicación28 Agosto 2014
Fecha de disposición27 Agosto 2014
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32956



PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 687/2014

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional.

Bs. As., 27/8/2014

VISTO el Expediente Nº 9.989/2014 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, Organismo Descentralizado actuante en el órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, Organismo Descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, es la autoridad de aplicación del Sistema Nacional del Seguro de Salud creado por la Ley Nº 23.661, y la responsable del control de la canasta básica de prestaciones médico asistenciales que brindan las empresas de Medicina Prepaga, dentro del régimen de regulación establecido por la Ley Nº 26.682.

Que el cumplimiento del objetivo del organismo resulta posible en la medida que disponga de los medios y recursos necesarios para apoyar su misión.

Que, por otra parte, en razón de la cobertura vigente, y las prestaciones efectuadas por los Agentes del Seguro de Salud, resulta insuficiente el crédito asignado oportunamente para el financiamiento de las prestaciones de baja incidencia y alto costo.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124.

Que, en consecuencia, resulta necesario y posible proceder a modificar el presupuesto vigente en la Jurisdicción 80 —MINISTERIO DE SALUD— correspondiente a la Entidad 914 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, con el fin de hacer frente a los mayores gastos en el Inciso 5 - Transferencias.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la MINISTERIO DE SALUD.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

El JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

— Modifícase el...

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