Acordada N° 24.788

EmisorSuprema Corte de Justicia
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2013

ACORDADA N° 24.788

Mendoza, 27 de febrero de 2013

Visto: La situación en la que se encuentra el Quinto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción Judicial, en atención a la licencia por razones de salud de la Juez Titular del mismo, y

CONSIDERANDO

Que conforme lo establecido por la Ley N° 7.294, reglamentada por Acordadas 18.793, 19.269 y 21.074, es necesario encontrar una solución a los fines de no resentir el servicio de administración de justicia.

Que la Acordada N° 21.074, dispone que el Cuerpo de Conjueces Reemplazantes para desempeñarse interinamente en caso de licencias de más de un mes y vacancias no cubiertas de Jueces o Miembros del Ministerio Público, se conformará con postulantes del Consejo de la Magistratura.

Que resulta necesario a los efectos de la idoneidad técnica requerida para el ejercicio de la alta función que supone la Magistratura Constitucional, revestir el carácter de postulante del Consejo de la Magistratura, esto es haber rendido y aprobado ante el mismo los exámenes correspondientes al concurso del cargo de grado y fuero que se trate.

Que encontrándose en trámite el concurso de postulantes para el Quinto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción Judicial, y no siendo posible aún la determinación de un orden de mérito, el nombramiento de conjuez se realiza del listado de postulantes aprobados, según el orden de mérito e intertanto se cubra la vacante en forma efectiva...

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