Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2014, F. 449. XLV

Fecha08 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F.449.XLV

RECURSO DE HECHO

F., G.E. y otros el Estado Nacional (Ministerio de Salud y Acción Social) si empleo público.

Buenos Aires, '8 ck :abY1/ ole. 201¿,. vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa F., G.E. y otros cl Estado Nacional (Ministerio de Salud y Acción Social) si empleo público" , para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

10) Que los agravios concernientes al rechazo parcial de la demanda y a lo resuelto por la cámara respecto de los intereses, son inadmisibles (art.

280 del Código Procesal Civil Comercial de la Nación) .

30) Que las objeciones vinculadas con la validez constitucional del régimen de consolidación encuentran adecuada respuesta en las c9nsideraciones reali.zadas por el Tribunal en la causa L.322.XLVI "Llevara, W.A. cl Empresa Ferrocarril General Belgrano SA y atOro si de~pido", sentencia del 29 de octubre de 2013, a las que se remite -en lo pertinenteen razón de brevedad.

Por ello, oída la señora Procuradora Fiscal, se hace lugar parcialmente a la queja y al recurso extraordinario interpuesto y se deja sin efecto la sentencia con el alcance indicado.

Con costas por su orden en atención a la naturaleza.de la cuestión debatida.

Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por -11-

J -/ /-quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente.

Agréguese la queja al principal.

N. y devuélvase.

C.;S. FAYT 1:. AAUL ZAFFARON!

F. 449 .XLV

RECURSO DE HECHO

F., G.E. y otros cl Estado Nacional (Ministerio de Salud y Acción Social) si empleo público.

Recurso de" hecho interpuesto por G.F. y otros, actores en autos representados por el Dr. D.J.P. en calidad de apoderado, con el patrocinio letrado de la Dra. A.T.R.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Fe- deral. Sala IV. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 10.

r 1 ".

D.O.

00000001

00000002

00000003

00000004

1 temas prácticos
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR