Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 8 de Abril de 2014, expediente 62055/2009

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2014
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

PODER JUDICIAL DE LA NACION Expte. N°:62055/2009 SENTENCIA DEFINITIVA N 154860 CAUSA N : 62055/2009 JFSS N 2 SALA II En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de abril de 2014 reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos:

"L.P.C. c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS”; se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR E.L.F. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de grado.

La ANSeS cuestiona la movilidad establecida entre el 1/1/2008 al 28/2/2009 y la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24463 y 55 de la ley 18037.

En cuanto a las pautas de movilidad por períodos posteriores al referido en la causa “B.”, el Alto Tribunal ratificó la doctrina del citado fallo, acotando aquella a dicho lapso.( in re “B.A.N. c/ ANSeS s/ reajustes varios”, sent. del 3 de mayo de 2011). En consecuencia, dejando a salvo mi opinión al respecto, resultaría dilatorio insistir en un ajuste a contrario de la doctrina judicial señalada, por lo que se revoca la movilidad por el lapso comprendido entre el 1/1/2008 y el 28/2/2009.

En cuanto a los restantes agravios, toda vez que no guardan relación con el pronunciamiento cuestionado, se declararan desiertos los mismos.

Por lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada; 2) Revocar la aplicación del fallo “B.” con posterioridad a diciembre de 2006; 3)

Confirmarla en lo demás que decide; 4) Imponer las costas de alzada en el orden causado (art. 21 de la ley 24.463) y 5) Devolver las...

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