Disposición Nº 225/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 29 de Enero de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 7.071.642/2013, por el que se consulta sobre la construcción de un
edificio, en el predio sito en la calle Silvio L. Ruggieri N° 2718; y;
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito R2aI de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772);
Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana, mediante Informe N°
1536810-DGIUR- 14 hace saber que para el presente caso, resulta de aplicación lo
dispuesto en el Capitulo 4.10 "Completamiento de Tejido" del Código de Planeamiento
Urbano y lo establecido en el Art. 24 de la Ley 2930, Instrumentos Normativos a)
Código Urbanístico - Plan Urbano Ambiental (BOCBA N° 3091);
Que para el pertinente estudio se adjunta documentación, consistente en Consulta
Catastral a fs. 6 a 9 del Giro Documental (GD) y en página 10 a 13 del informe grafico
del Expediente Electrónico (EE); Consulta Perimetral a fs. 10 del G.D. y en página 14
del informe grafico del E.E.; Plantas del proyecto propuesto a fs. 12 a 20 del G.D. y en
página 16 a 24 del informe grafico del E.E.; Corte del proyecto con perfil medianero a
fs. 21 del G.D. y página 25 del informe grafico del E.E.; Axonometría del proyecto y
linderos a fs. 22 del G.D.; Memoria descriptiva a fs. 67 del G.D. y página 65 del
informe grafico del E.E.; Plano de Mensura de la parcela N° 31b a fs. 76 del G.D.;
Relevamiento fotográfico de fachada y linderos a fs. 77 a 82 del G.D.; Plano de
Mensura Particular y decisión por el Régimen de Propiedad Horizontal de la parcela N°
30 a fs. 83 del G.D.; Plano de Casa de Renta de la parcela N° 31a en fs. 84 del G.D.;
Plano de Mensura Particular y decisión por el Régimen de Propiedad Horizontal de la
parcela N° 32 a fs. 85 y 86 del G.D. y Pisada de la manzana obtenida mediante el
sistema interno USIG. a fs. 87 del G.D.;
Que de acuerdo a la documentación presentada, el Área Técnica informa que se trata
de la Parcela intermedia 31c, ubicada en la manzana típica delimitada por las calles
Silvio L. Ruggieri, Paunero, Cabello y Av. Gral. Las Heras;
Que dicho predio posee un frente de 12.17m sobre la calle Silvio L. Ruggieri, 17.34m
en uno de sus lados y 15.37m en el otro, con una superficie total aproximada de
200.51m2;
Que el edificio se destinará a los usos "Vivienda multifamiliar, estudios profesionales y
cocheras", que resultan usos Permitidos en el Distrito mencionado, con las pautas y
condiciones que establece el Cuadro de Usos 5.2.1.a);
Que del análisis de las edificaciones del entorno, se desprende que la parcela 30,
sobre Av. Gral. Las Heras N° 3445, posee un edificio "entre medianeras" existente, de
planta baja, más 6 pisos, más 1 retiro, el cual por su grado de consolidación, no
tendería a una pronta renovación;
Que la parcela 31a, sobre la Av. Gral. Las Heras N° 3419/23/27, posee un edificio
"entre medianeras" existente, de planta baja, más 5 pisos, más 1 retiro, más tanque, el
cual por su grado de consolidación, no tendería a una pronta renovación;
Que la parcela 31b, lindera izquierda, sobre la calle Av. Gral. Las Heras N° 3401/11
esq. Silvio L. Ruggieri N° 2708/10/12/14, presenta una...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba