Resolución Nº 12/2014

Fecha de la disposición29 de Julio de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

Resolución Nº 12/2014Bs. As., 29/7/2014

VISTO el Expediente Nº 1.632.585/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que obran en estas actuaciones el Acuerdo Marco compuesto por un (1) Acta Acuerdo presentado por las partes, celebrado entre la UNION OBRERA METALURGICA - SECCIONAL QUILMES y VISTEON SOCIEDAD ANONIMA; que acompañaran los delegados integrantes de la Comisión Interna del establecimiento presente en la audiencia del 29 de julio de 2014 realizada en la cartera laboral.

Que la firma VISTEON SOCIEDAD ANONIMA ha declarado la imposibilidad técnica y administrativa para continuar con el emprendimiento en su establecimiento de Quilmes a raíz de causas económicas.

Que la parte gremial ha exigido la definición concreta de la situación en la que se encuentran los trabajadores y la formulación de una propuesta que contemple y preserve los derechos de todo el personal dependiente.

Que según se desprende del Acuerdo Marco a fojas 8/9 y del Acta obrante a fojas 10/11, ambos del Expediente señalado en el Visto; las partes manifiestan haber arribado a un acuerdo sobre las pautas y condiciones para la rescisión de los contratos de trabajo, el cual estará sujeto en definitiva a la voluntad y aprobación de los trabajadores involucrados en razón de los derechos e intereses individuales comprometidos.

Que las partes han manifestado que arribaron a dicho Acuerdo Marco, a partir del Procedimiento Preventivo de Crisis oportunamente dispuesto por esta autoridad administrativa del trabajo.

Que con el citado Acuerdo Marco de fojas 8/9 y lo expresado en el Acta de fojas 10/11, se facilita una solución laboral futura para los trabajadores de la empresa alcanzados por el conflicto existente, y que diera origen a estas actuaciones.

Que como consecuencia de lo anterior se posibilita que la UNION OBRERA METALURGICA y el MUNICIPIO DE QUILMES lleven adelante alternativas útiles de solución laboral en un nuevo emprendimiento que se constituirá con el inmueble y los bienes muebles alcanzados por la donación sin cargo referida a fojas 11 del Acta del día 29 de julio del corriente.

Que en virtud de lo anterior y en el marco del acuerdo general logrado en el Procedimiento Preventivo de Crisis, se define el modo en que se materializan las extinciones de los contratos individuales de trabajo.

Que a los fines de concretar las disoluciones de los contratos de trabajo referidos en el párrafo precedente, se reconoce por la empresa en el Acuerdo Marco el pago de todas las indemnizaciones legales y un incremento del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la indemnización del Artículo 245 L.C.T., con más una gratificación por cese adicional equivalente al sueldo que a ese empleado hubiera correspondido por el mes de agosto.

Que el pago indicado se realizará bajo las condiciones y modalidades establecidas en la cláusula cuarta del Acuerdo Marco.

Que el Acuerdo Marco ha sido suscripto entre la empresa VISTEON SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora; y la UNION OBRERA METALURGICA, la SECCIONAL QUILMES (UOMRA), por la parte gremial; integrándose la misma con delegados de personal.

Que surge tanto del Acuerdo Marco presentado por las partes como del contenido del Acta de fecha 29 de julio del corriente, que al momento de arribar al acuerdo, se han atendido y aplicado en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis impulsado por la autoridad administrativa del trabajo, diversos criterios y posibilidades que configuran nuevos contenidos de la negociación colectiva.

Que, en efecto, puede verificarse un enriquecimiento de las posibilidades de la negociación colectiva como herramienta para la preservación del trabajo, en relación con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR