Sentencia nº 21066 de Cuarta Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 6 de Mayo de 2014

PonenteNICOLAU
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2014
EmisorPrimera Circunscripción

Expte: 21.066

Fojas: 248

En la Ciudad de Mendoza a los seis días del mes de mayo de dos mil catorce, se hace presente en la Sala Unipersonal del Tribunal el Señor Juez de la Excma. Cámara Cuarta del Trabajo – Dr. F.J.N., con el objeto de dictar sentencia definitiva en autos Nº 21.066, caratulados "HIDALGO, ARIEL GONZALO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. P/ ACCIDENTE", de los que

R E S U L T A:

A fs. 26/37 compareció el Sr. A.G.H., por intermedio de apoderado, promoviendo demanda ordinaria en contra de PROVINCIA A.R.T. S.A., persiguiendo el cobro de la suma de $14.763,15 o lo que en más o en menos resulte de la prueba por las dolencias que denuncia.

Manifiesta que ingresó a trabajar para INC S.A. el 01/01/2007, desempeñándose en la categoría de empleado de fiambrería – repositor, cumpliendo un horario de 6 a 14 horas. Que cumplió funciones en el Hipermercado Carrefour.

Que ingresó a trabajar aprobando el examen médico de preingreso laboral, con aptitud física total, sin ninguna anomalía y sin antecedentes heredo familiares ni enfermedades congénitas.

Relata que el día 03/11/2008, a las 6.30 hs, mientras se encontraba dentro de la cámara frigorífica apilando cajones con quesos, se le cae una caja sobre el cuerpo, lesionándole su parrilla costal del lado izquierdo.

Que fue asistido en el hospital Italiano y por la ART, y derivado a un médico traumatólogo quien le diagnosticó fisura costal izquierda. Que se le indicó fisioterapia y reposo. Que no mejoró con el tratamiento. Que la ART el 20/01/2009 le otorgó el alta en forma intempestiva y prematura.

Señala que como consecuencia del accidente sufrido, presenta intenso dolor en su costal izquierdo lo que le ocasiona dificultad para realizar sus tareas habituales. Por lo que reclama por una incapacidad permanente del 10%.

Plantea la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557 por las razones que expone.

Practica liquidación. Ofrece pruebas. Funda en derecho.

A fs. 43/45 compareció la demandada PROVINCIA A.R.T. S.A., por intermedio de su apoderado, aceptando la competencia del Tribunal.

Contesta demanda, negando los hechos expuestos por el actor.

Reconoce el infortunio sufrido por el trabajador, aunque sostiene que fue debidamente atendido, y que luego de los tratamientos adecuados, se le otorgó el alta médica sin ningún tipo de incapacidad.

Impugna la liquidación practicada por el actor. Ofrece pruebas. Funda en derecho. Solicita la aplicación de la ley 24.432.

A fs. 47 el actor...

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