Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba - Sentencia nº 144 de Sala Laboral, 5 de Noviembre de 2013

Número de sentencia144
Fecha05 Noviembre 2013
Número de registro98165979
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Justicia de Córdoba de Argentina)

SENTENCIA NUMERO: CIENTO CUARENTA Y CUATRO

En la ciudad de Córdoba, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece, siendo día y hora de Audiencia, se reúnen en Acuerdo Público los integrantes de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia, doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel, bajo la presidencia del primero de los nombrados, a fin de dictar sentencia en estos autos: "BONO D.I.C.A.J.F. - ORDINARIO - DESPIDO Y SUS ACUMULADOS - RECURSO DIRECTO" 50381/37, a raíz del recurso concedido a la actora en contra de la sentencia N° 12/08, dictada por la Sala Sexta de la Cámara Única del Trabajo, constituida en Tribunal Unipersonal a cargo del señor juez doctor C.A.F.E. -SecretaríaN.° 11-, cuya copia obra a fs. 145/156, en la que se resolvió: “I.- Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por D.I.B. en contra de J.F.A. en cuanto procura el cobro de haberes correspondientes a siete días del mes de abril, SAC y Vacaciones proporcionales, todos del año dos mil seis y rechazarla por lo demás y, en consecuencia, condenar al demandado a pagar a la actora por dichos rubros, conforme se discrimina al tratar la segunda cuestión, en concepto de capital la suma total de cuatrocientos doce pesos… y en concepto de intereses calculados conforme se indica en el mismo lugar al día de la fecha, la suma total de doscientos cincuenta y cuatro pesos con tres centavos… en el plazo de diez días hábiles a contar desde hoy. II.- Imponer al demandado las costas devengadas por las acciones que se acoge la demanda y a la actora las devengadas por las acciones que se rechaza la demanda. III.- Por las acciones que se acoge la demanda regular el honorario de la abogada de la actora, Dra. S.A.P. en la suma de ciento cincuenta pesos… y los del abogado del demandada, Dr. O.A.V. en la suma de treinta pesos… Por las acciones que se rechaza la demanda regular el honorario de la abogada de la actora, Dra. S.A.P. en la suma de tres mil setecientos setenta y cuatro pesos…. y los del abogado del demandada, Dr. O.A.V. en la suma de diecisiete mil ciento quince pesos… IV. V.- Emplazar a la demandada para que en el plazo de diez días hábiles reponga la tasa de justicia… que asciende a la suma cincuenta pesos... bajo apercibimiento… y cumplimenten con los aportes previstos por la Ley 6468 (t.o. Ley 8404) que ascienden a la suma cuarenta y ocho pesos… para cada grupo de abogados, de conformidad al art. 17 inc. a) de dicha ley, bajo el apercibimiento allí dispuesto… ". Oportunamente se fijaron las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION: ¿Se han inobservado normas previstas bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad

SEGUNDA CUESTION: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar

Practicado el sorteo de ley resultó que los señores Vocales emitieron su voto en el siguiente orden: doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel.

A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA:

El señor Vocal doctor L.E.R., dijo:

I.1. El impugnante se agravia porque el a quo concluyó que el actor trabajó “media jornada” y desestimó las diferencias de haberes reclamadas, sólo considerando el acta labrada por el inspector del Ministerio de Trabajo de la Nación. Afirma que, en tal cometido, omitió prueba decisiva: las manifestaciones...

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