Resolución 761/2013

Fecha de disposición01 Agosto 2013
Fecha de publicación05 Agosto 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32694



Ministerio del Interior y Transporte

PASOS FRONTERIZOS

Resolución761/2013Pasos Internacionales.

Bs. As., 1/8/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0009933/2012 del registro de este Ministerio, las Leyes Nros. 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº 438/92), modificatorias y 22.352, el Decreto-Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913), el Decreto Nº 2086 del 18 de julio de 1977, la Resolución del GRUPO MERCADO COMUN del MERCOSUR Nº 20 del 2 de julio de 2009, el Reglamento del Acuerdo entre la República Argentina y la República de Bolivia sobre Controles Integrados de Frontera del 3 de febrero de 2003 y el Reglamento del Tratado entre la República de Chile y la República Argentina sobre Controles Integrados de Frontera del 2 de mayo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº 438/92), en su artículo 17 inciso 21 establece que es competencia del MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE entender en la aplicación de la Ley Nº 22.352 y del Decreto Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913), en todo lo relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de fronteras.

Que a través del Decreto Ley Nº 15.385/44 (Ley 12.913) se creó la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad.

Que el Decreto Nº 2086/77 en su artículo 1° designa al Presidente de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, Coordinador General Intersectorial de las actividades comunes a cumplir por los organismos nacionales, provinciales y municipales que actúan en los pasos fronterizos.

Que en el ámbito del MERCOSUR, la DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS de este Ministerio, es el Organismo Coordinador de las Areas de Control Integrado, ello según lo dispuesto por la RESOLUCION DEL GRUPO DEL MERCADO COMUN del MERCOSUR Nº 20/09, incorporada al ordenamiento jurídico nacional mediante la Resolución del entonces Ministerio del Interior Nº 1587 del 30 de diciembre de 2009.

Que, respecto a las Areas de Control Integrado que unen a la REPUBLICA ARGENTINA con el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA y con la REPUBLICA DE CHILE es preciso indicar que si bien el Reglamento del Acuerdo entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE BOLIVIA sobre Controles Integrados de Frontera y el Reglamento del Tratado entre la REPUBLICA DE CHILE y la REPUBLICA DE ARGENTINA sobre Controles Integrados de Frontera, establecen como Organismo Coordinador a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, en virtud de la evolución normativa y el cambio de las competencias atribuidas a la Administración Pública Nacional, corresponde a este Ministerio ejercer las facultades inherentes a la Coordinación de las Areas de Control Integrado.

Que la Ley Nº 22.352 dispone que la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS debe intervenir obligatoriamente, de manera previa, cuando se varíen los asientos físicos de los controles aduaneros, o se habiliten lugares para el ingreso y egreso de personas en los Pasos Internacionales.

Que en la actualidad no existe Acto Administrativo alguno a través del cual se encuentre establecido mediante coordenadas geográficas y domicilios el asiento físico de la totalidad de los edificios de los Pasos Internacionales donde se ejecutan los controles para el legal ingreso y egreso de personas y bienes del País.

Que la competencia respecto a la apertura y cierre de Pasos Internacionales les fue otorgada a las cancillerías de los países intervinientes.

Que en los documentos suscriptos por las cancillerías a efectos de dar origen a un nuevo Paso Internacional se determinan expresamente las coordenadas geográficas del punto de frontera sobre el límite internacional, el cual muchas veces difiere del espacio geográfico destinado a la ejecución de los diferentes controles fronterizos que realizan los Estados parte.

Que en ese marco, la DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS de este Ministerio, les solicitó a GENDARMERIA NACIONAL y a PREFECTURA NAVAL ARGENTINA mediante Notas DATF Nros. 959/2012 y 958/2012 respectivamente, ambas de fecha 08 de agosto de 2012, que pongan en conocimiento de la citada Dirección las coordenadas geográficas y domicilios de los lugares donde se llevan a cabo los respectivos controles de aquellos Pasos Internacionales que se encuentren bajo sus jurisdicciones en sus caracteres de Coordinadores Zonales Intersectoriales/Locales, funciones delegadas por este Ministerio.

Que mediante Nota Nº 104/12 letra DJPM,KB:4 del 14 de agosto de 2012 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA envió un listado con la información detallada de las coordenadas geográficas y domicilios de los lugares donde se llevan a cabo los respectivos controles de aquellos Pasos de Frontera que se encuentran bajo su jurisdicción.

Que mediante Nota Nº OP2-4041/294 del 18 de septiembre de 2012 GENDARMERIA NACIONAL informó las coordenadas geográficas y domicilios de los lugares donde se efectúan los respectivos controles de aquellos Pasos de Frontera que se encuentran bajo su jurisdicción.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesaria y razonable la emisión de un Acto Administrativo mediante el cual se determine y publique el asiento físico de los Pasos Internacionales (infraestructura donde se desarrollan las tareas de control), a fin de brindar una herramienta más al público usuario de los mismos.

Que sin perjuicio de que por Decreto Nº 1409 del 3 de diciembre de 1996 se estableció que la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR ejercería la totalidad de las funciones atribuidas a la disuelta SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS, y se designó a su titular Presidente de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, en virtud de las competencias asignadas por la Ley Nº 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº 438/92), corresponde a quien suscribe entender en la presente cuestión.

Que se ha expedido favorablemente la DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS.

Que ha intervenido la DIRECCION GENERAL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR