Sentencia nº 101657 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3, 30 de Septiembre de 2003

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2003
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de éste Expte. Nº B-101657/03, caratulado: "CONVERSION EN DIVORCIO VINCULAR EN EXPTE. NRO. 1403/79: S.D. HUERTO MORAL ", y = = = = = = = = = = = = = = = =

= = = = C O N S I D E R A N D O = = = = = = = = =

= = = Que, a fs. 11/12 de autos se presenta el Dr. O.M.R., Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de la Sra. S. DEL HUERTO MORAL , a mérito de la carta poder que adjunta, y en tál carácter solicita la conversión de la sentencia de Divorcio por Mutuo Consentimiento, en divorcio vincular con los alcances establecidos por la Ley 23.515 (modificatoria del Código Civil). Manifiesta en su presentación que se declaró en los autos Nº 1403/79, caratulados: "DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO: M.M. JURADO y SUSANA DEL HUERTO MORAL " que se tramitó por ante este Juzgado y Secretaría, su separación personal tal como lo disponía la derogada Ley Nº 2393 de Matrimonio Civil. Que, de conformidad a lo que dispone el artículo 8º de la citada Ley Nº 23.515 se reúnen en la especie los supuestos previstos en tal norma legal, circunstancia que hace conducente su petición.- - - - - - -

= = = Que, en efecto de acuerdo a lo dispuesto por el plexo normativo recién mencionado y conforme a la anotación marginal obrante en el acta de matrimonio obrante a fs. 4 de autos, el proveyente a cargo de éste órgano jurisdiccional advierte que la solicitud impetrada a fs. 11/12 reúne el requisito exigido por el ordenamiento jurídico vigente, razón por la que corresponde ordenar sin mas trámite la conversión de la separación personal de la Sra. S. DEL HUERTO MORAL en divorcio vincular con los efectos jurídicos de los artículos 217, 218, 3574 subsiguientes y concordantes del Código Civil (modificados por la Ley Nº 23.515).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que, a mérito de lo brevemente expuesto el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, = = = = = = = = = = = = = = = = = = = R E S U E L V E = = = = = = = = = = = = = = 1) Hacer lugar a lo peticionado a fs. 11/12 de autos, en consecuencia ordenar la conversión de la separación personal de los Sres. M.M. JURADO y SUSANA DEL HUERTO MORAL en divorcio vincular (artículo 8º de la Ley Nº 23.515), con los efectos de los artículos 217, 218, 3574 concordantes y subsiguientes del Código Civil, recuperando los nombrados su aptitud nupcial.- - - - - - - - - - - - - -

= = = 2) Oficiar al Registro del Estado Civil y Capacidad de...

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