Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 25 de Octubre de 2018, expediente CAF 070436/2017/CA001

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. N° 70436/2017 “ZHUO, XIANWEN c/ EN – M INTERIOR OP Y V - DNM s/

RECURSO DIRECTO DNM”

Buenos Aires, de octubre de 2018.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a través de la sentencia de fojas 169/172, la jueza a quo rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Z.X. y confirmó las Disposiciones SDX Nros. 75984/17 y 189653/17 dictadas por el Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, EN-DNM), con costas.

    Por conducto de la primera disposición antes citada, la Administración declaró irregular la permanencia en el país del actor, ordenó su expulsión del territorio nacional y prohibió su reingreso por el término de 5 (cinco) años, ya que había ingresado al país de forma irregular, en infracción al artículo 29 inciso k) de la Ley Nº 25.871. Contra lo allí resuelto, el actor dedujo un recurso jerárquico que fue rechazado por la última disposición mencionada.

    Para así decidir, con respecto al planteo de inconstitucionalidad del Decreto Nº 70/17, la jueza de grado se remitió a lo expuesto en el dictamen de la F. General.

    Además, señaló que la Dirección Nacional de Migraciones se limitó “a considerar que se hallaba configurado uno de los supuestos objetivos previstos como causas impedientes que la habilitan como autoridad de aplicación, a denegar su solicitud de residencia y ordenar su posterior abandono del territorio nacional” (v. fs. 171 vta). En este sentido, consideró que el actor no logró rebatir los argumentos expuestos por la autoridad Administrativa, por lo cual las disposiciones impugnadas resultaban ajustadas a derecho, sin que se advierta una ilegalidad o arbitrariedad en las medidas adoptadas por la DNM.

  2. Que a fojas 173/183 el Sr. Z. interpuso y fundó su recurso de apelación, los que fueron contestados por su contraria a fojas 185/194.

    Fecha de firma: 25/10/2018 Alta en sistema: 26/10/2018 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #30551487#219894732#20181025094841004 En su memorial de apelación se agravió

    respecto de que la jueza de grado aplicó el procedimiento sumarísimo previsto en el Decreto Nº 70/2017, ya que considera que este sólo procede en los casos de comisión de delitos y que ello no se ha verificado en las presentes actuaciones. Agregó que el plazo que otorga la norma en cuestión resulta exiguo para preparar su defensa y aportar...

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