Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 25 de Agosto de 2016, expediente CAF 001630/2016/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 1.630/2016: “ZHUANG, XIAOWEN c/ EN -DNM s/ AMPARO POR MORA”

Buenos Aires, 25 de agosto de 2016. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por sentencia del 6 de junio de 2016, la Sra. Juez de Primera Instancia hizo lugar a la presente acción de amparo por mora, con costas Para así decidir, destacó que las actuaciones administrativas habían sido iniciadas el 26 de marzo de 2014 y que el último movimiento era del 25 de marzo de 2016, oportunidad en la cual se había ordenado que el expediente retornara a la instancia de supervisión, a fin de que se evaluara el procedimiento a adoptar para la prosecución del trámite. Consideró, así, teniendo en cuenta el deber jurídico de la Administración de expedirse y el principio de celeridad que debe regir el procedimiento administrativo, que se encontraba verificada la existencia de mora, dado que no se había acreditado que a la fecha de la sentencia (más de dos años después de su inicio)

se hubiere dictado acto resolutorio alguno (v. fs. 142/3).

II- Que, contra la sentencia de primera instancia, interpuso recurso de apelación la parte demandada a fs. 147/50, que fue concedido a fs. 152.

La recurrente sostiene que no ha existido mora, ya que la Dirección Nacional de Migraciones realizó todas las acciones conducentes a fin de resolver el trámite migratorio de la actora. F. diversas consideraciones en torno a los actos cumplidos en las actuaciones administrativas. Asimismo, hace saber que -con fecha 13 de junio de 2016- ha sido dictada la Disposición SDX Nº 126658, mediante la cual se concedió la residencia permanente a la actora. Aduce que en el caso de autos no se verifica Fecha de firma: 25/08/2016 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #28003734#160084653#20160825123630388 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 1.630/2016: “ZHUANG, XIAOWEN c/ EN -DNM s/ AMPARO POR MORA”

la existencia de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta (conf.

ley 16.986) y que tampoco ha probado la actora la urgencia objetiva, a los fines de la viabilidad de esta acción. Solicita que se revoque la sentencia de primera instancia y que se rechace la demanda, con expresa imposición de costas a la actora.

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