Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 16 de Julio de 2020, expediente FPA 009735/2019/CA001

Fecha de Resolución16 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 9735/2019/CA1

raná, 16 de julio de 2020.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ZHU, LIQIN CONTRA DIRECCIÓN

NACIONAL DE MIGRACIONES SOBRE IMPUGNACIÓN de ACTO

ADMINISTRATIVO”, Expte. N° FPA 9735/2019/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, y;

CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte actora a fs. 143/150 contra la resolución de fs. 136/141 vta.

II-

  1. Que se inician las presentes actuaciones en fecha 30/07/2019 en virtud del recurso judicial, previsto en el art. 69 septies de la ley 25871, interpuesto por la actora, contra la Disposición SDX Nº 107016 de fecha 02/07/2019 que, en lo que aquí interesa, rechazó el recurso jerárquico de la accionante contra la Disposición SDX Nº

    043029 que declaró irregular la permanencia en el territorio de la República Argentina a la Sra. L. ZHU de nacionalidad china, ordenó su expulsión del país en los términos de los arts. 37 de la ley 25871 y el Decreto Nº

    70/2017; y prohibió el reingreso a la misma por el plazo de cinco (5) años, de conformidad con lo previsto en el art.

    63 de la misma ley.

  2. Que, la demandada -Dirección Nacional de Migraciones- se presenta y contesta informe circunstanciado y, por los fundamentos que expone, solicita se rechace la acción impetrada con costas. Invoca preceptos legales aplicables al caso y cita jurisprudencia que avala su Fecha de firma: 16/07/2020

    Alta en sistema: 20/07/2020

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

    postura. Asimismo, solicita al juez de primera instancia que se expida sobre la procedencia de la retención prevista en el art. 70 de la Ley 25871.

  3. Que en fecha 23/08/2019 el juez de primera instancia rechazó el recurso interpuesto por la ciudadana extranjera L. ZHU, impuso las costas a la accionante de conformidad con lo previsto en el art. 68 del CPCCN, hizo lugar al pedido de retención solicitado por la Dirección Nacional de Migraciones y mantuvo la reserva del caso federal efectuada por las partes.

    Contra dicha decisión se alza la apelante, quien a fs.

    154/155 invoca hecho nuevo. A fs. 157/170 vta. la demandada contesta el traslado corrido, en fecha 29/06/2020 el Sr.

    Fiscal General ante esta Cámara responde la vista cursada y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 177.

    III-

  4. Que, agravia a la actora en primer lugar el rechazo de la inconstitucionalidad del Decreto Nº 70/2017,

    el cual modifica, sin contar con facultades para hacerlo,

    la ley migratoria 25871 y, a su vez, resulta discriminatorio y contrario a lo dispuesto por el Preámbulo y diversos artículos de la Constitución Nacional.

    Seguidamente, efectúa consideraciones acerca de que la administración desconoció los derechos de los inmigrantes incumpliendo con lo dispuesto por la ley 25871 y que, a través de sus órganos de control, no cumplió con los requisitos propios de su función en el cuidado de las fronteras ya que el ingreso irregular del actor resulta su responsabilidad.

    Fecha de firma: 16/07/2020

    Alta en sistema: 20/07/2020

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA...

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