Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 8 de Febrero de 2018, expediente CAF 061986/2017/CA001

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 61.986/2017: “ZHENG, YIFU c/ EN -M INTERIOR OP Y

V- DNM s/ RECURSO DIRECTO DNM”

Buenos Aires, 8 de febrero de 2018.- SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por resolución del 15 de noviembre de 2017, la Sra. Juez de primera instancia rechazó el recurso judicial interpuesto por el Sr. Y.Z. y, en consecuencia, confirmó

la Disposición Nº SDX Nº 84018/2017, mediante la cual la Dirección Nacional de Migraciones ordenó su expulsión del Territorio Nacional.

Para así decidir, en primer lugar, rechazó el planteo de inconstitucionalidad del decreto 70/17. Al respecto, señaló que la afirmación de que las modificaciones vulneraban el derecho de defensa, no bastaba para ejercer -en el caso- la atribución más delicada que tienen los tribunales judiciales, en tanto el migrante había podido recurrir en sede de la autoridad competente y plantear un recurso judicial. Asimismo, indicó que igual suerte corría la pretendida inaplicabilidad, dado que las normas de tipo procesal resultan de inmediata aplicación a las causas en trámite.

Por otro lado, sostuvo que la actuación administrativa impugnada (Disposiciones SDX nº 84018/17 y SDX Nº167362/17), resultaba ajustada a derecho, pues el órgano administrativo, en uso de sus facultades legales, no había hecho más que aplicar la norma migratoria (art. 29, inc. k, de la ley 25.871), sin que se avizorase rasgo alguno de arbitrariedad o ilegalidad en la decisión adoptada; sino -antes bien- que, en el acto de denegación, se hallaba motivada suficientemente la medida adoptada.

Por lo demás, en punto a la reunificación familiar pretendida, destacó que el otorgamiento de la dispensa establecida en los artículos 29 y 62 de la ley de migraciones constituía una facultad exclusiva de la Dirección Nacional de Migraciones, no pudiendo ser Fecha de firma: 08/02/2018 Alta en sistema: 14/02/2018 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #30443661#198033425#20180208124347730 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 61.986/2017: “ZHENG, YIFU c/ EN -M INTERIOR OP Y

V- DNM s/ RECURSO DIRECTO DNM”

otorgada judicialmente. Y, en tal contexto, apuntó que del cotejo de los antecedentes administrativos no se advertía que el migrante hubiera peticionado en sede de la autoridad de aplicación la dispensa mencionada, y en consecuencia, que la Dirección Nacional de Migraciones hubiera tenido oportunidad de expedirse sobre el punto; por lo que no podía ejercerse la revisión judicial del obrar de la Administración. Distribuyó las costas en el orden causado, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y habida cuenta que el actor había podido creerse con mejor derecho (v. fs. 78/80).

II- Que, contra la sentencia de primera instancia, el actor interpuso recurso de apelación a fs. 91/6, que ha sido concedido a fs. 97.

El apelante aduce que la falta de apertura a prueba de la causa ha vulnerado el derecho de defensa de su parte y el acceso a la tutela judicial efectiva. Cuestiona que se haya dictado sentencia sin resolver previamente si la cuestión debía ser tratada como de puro derecho y/o si correspondía abrir la causa a prueba. Refiere que la imposibilidad de producir prueba le impidió demostrar el arraigo en la República Argentina, como así también la situación migratoria de su esposa y con ello la situación de reunificación familiar. Apunta que mediante el decreto 70/2017 se resolvió modificar la ley de migraciones vigente al momento de su ingreso, en clara contradicción a la aplicación de la ley más benigna. Cuestiona el rechazo de la excepción de reunificación...

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