Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 16 de Agosto de 2018, expediente CAF 004741/2018/CA001
Fecha de Resolución | 16 de Agosto de 2018 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. N° 4.741/2018 “ZHENG, MEIMEI c/ EN-Mº
INTERIOR OP Y V-DNM s/
RECURSO DIRECTO DNM”.
Buenos Aires, de agosto de 2018.-
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
-
Que a través de la sentencia de fojas 93/94, el juez de grado hizo lugar al recurso interpuesto por la Sra. M.Z. contra las Disposiciones SDX Nros. 221040/16 y 19728/18, dictadas por la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM), y declaró la nulidad del Acta de Declaración Migratoria y de todo lo actuado con posterioridad en el expediente Nº 1455092016.
Para así decidir, sostuvo que en su demanda “la recurrente negó haber ingresado al país eludiendo control migratorio alguno, y que ‘el acta de declaración migratoria e intimación a regularizar’ que luce a fs. 1/2 de las actuaciones administrativas -cuya copia se encuentra reservada en Secretaría y tengo ahora a la vista-, en la que la migrante habría declarado su ingreso irregular al país -circunstancia en la que se fundó la decisión de la autoridad migratoria- carece de firma del intérprete de idioma chino que la debería haber asistido en esa oportunidad, lo que conduce irremediablemente a la declaración de invalidez” (v. fs. 94). Agregó
que la actora invocó en su demanda haber carecido de asistencia de un intérprete y desconocer el idioma local.
Por tales motivos, consideró que “el acta de declaración migratoria es inválida por falta de firma del intérprete que debió
haber asistido a la migrante en dicha ocasión, y cuya participación en tal acto es esencial a la legitimidad del trámite migratorio”. En consecuencia, consideró que correspondía declarar la nulidad del procedimiento sustanciado en sede administrativa, dejar sin efecto la expulsión ordenada en las disposiciones impugnadas y rechazar la retención solicitada.
-
Que a fojas 95/105 la DNM interpuso y fundó
su recurso de apelación, el que fue contestado por su contraria a fojas 107/109.
En su memorial sostuvo que el argumento por el cual el juez a quo acogió la demanda era extemporáneo y agregó que la Fecha de firma: 16/08/2018 Alta en sistema: 21/08/2018 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #31238642#213707143#20180816115536092 actora no redarguyó de falsedad la citada acta. Sostuvo que “el escrito recursivo presentado parece ser avanzado para una persona que no comprende el español” y que la firma del funcionario migratorio daba veracidad al acta. Citó jurisprudencia relativa a la validez probatoria de las actas y su carácter...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba