Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 15 de Mayo de 2017, expediente CNT 016094/2011/CA001

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 110459 EXPEDIENTE NRO.: 16094/2011 AUTOS: Z.R., TERCERO FRANCISCO c/ HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 15 de mayo de 2017, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia de primera instancia de alza la parte actora a tenor del memorial que luce a fs. 422/25. Asimismo, la codemandada Hipódromo Argentino de Palermo S.A. (en adelante HAP) apela lo dispuesto en materia de costas y honorarios en el marco de la acción por despido, mientras que la actora hace lo propio respecto de la acción por accidente. A su turno, los peritos ingeniero y médico cuestionan los emolumentos regulados a su favor, por estimarlos insuficientes.

La judicante de grado concluyó que no se había acreditado que el demandante padezca incapacidad laborativa derivada del infortunio denunciado ni de las tareas cumplidas. En su mérito, rechazó la acción instaurada en procura de la reparación integral.

Tal decisión motiva la queja de la parte actora, quien cuestiona la valoración del peritaje médico, reitera la impugnación oportunamente efectuada y solicita que, como medida para mejor proveer (art. 122 L.O.), se sortee otro perito médico para que realice un nuevo informe.

En atención a la índole de las cuestiones planteadas, se impone puntualizar que en su demanda, el actor denunció que cumplía tareas de operario dedicado a la carga y descarga de excremento equino en las instalaciones de la codemandada HAP como limpiarlos, ponerlos en bolsas y subirlos a transportes de entre 50 y 100 kg. que le provocaban grandes esfuerzos físicos (ver relato de fs. 5vta.). Expuso que el 5/08/10 “al levantar una bolsa de guano (viruta), con otros operarios (si bien desconoce el peso, debe estimarse entre los 100-150kg), sintiendo un fuerte dolor de cintura con irradiación dolorosa a sus miembros inferiores, no pudiendo seguir con sus tareas habituales, siendo derivado a la ART. En concreto, sufrió lumbalgia post esfuerzo, como también cervicalgia Fecha de firma: 15/05/2017 aguda… Así las cosas, producto de esos esfuerzos físicos dedicados a sus labores, A. en sistema: 22/05/2017 Firmado por: G.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO #20684045#178007066#20170516090939965 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II comenzó a padecer de lumbalgia de intensidad creciente, con otros síntomas colaterales para desempeñar cualquier tipo de tareas laborales y recreativas… el daño se produce como resulta do de muchos pequeños traumatismos anteriores, al último desencadenante… no contaba con los elementos de seguridad necesarios, no se realizaron los exámenes períodicos” (ver relato de fs...

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