Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 28 de Febrero de 2019, expediente CNT 052868/2013

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII 52868/2013 JUZGADO Nº 3 AUTOS: "Z.V.E. Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. s/ DIFERENCIAS DE SALARIOS"

Ciudad de Buenos Aires, 28 del mes de FEBRERO de 2019.-

VISTO:

Los recursos interpuestos sobre los emolumentos del perito contable, a fs. 482 apela por la parte demandada y a fs. 493 el experto contador. A continuación se regulan honorarios a fs.517 a la parte actora y la accionada recurre los mismos por altos a fs. 518 y; CONSIDERANDO:

Los honorarios apelados, atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas y pautas arancelarias de aplicación, se exhiben equitativos y ajustados a derecho (artículo 38 de la Ley 18.345).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar las resoluciones apeladas.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

jep 02.22...

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