Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 26 de Abril de 2023, expediente CNT 073259/2014/CA002

Fecha de Resolución26 de Abril de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 73259/2014

(Juzg. N° 27)

AUTOS: “ZARATE, P.F. Y OTROS c/ ENTE NACIONAL

REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) s/DIFERENCIAS DE SALARIOS”

Buenos Aires, 25 de abril de 2023

VISTO:

Llegan los autos a esta alzada en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la parte accionada, a tenor de los memoriales digitalizados el 08.06.2022 y 13.06.2022

–replicado por la parte actora en la presentación electrónica digitalizada el 16.06.2022-, contra las resoluciones dictadas en la anterior Instancia el 02.06.2022 y 07.06.2022.

Y la apelación contra los honorarios regulados por tareas de ejecución a favor del perito contador, deducida por la parte accionada.

Y CONSIDERANDO:

Que, corresponde memorar suscintamente que la accionada se alza contra la resolución de fecha 02.06.2022, en la medida que dejó sin efecto la liquidación practicada por el perito contador respecto de los honorarios de la representación letrada de la parte actora. Asimismo, recurre la resolución de fecha 08.06.2022 en razón de que aprueba la liquidación de honorarios practicada por la representación letrada de la parte actora.

Que, de manera preliminar se impone señalar que –desde el aspecto adjetivo- en autos no se advierte configurada ninguna de las excepciones previstas en el art. 109 de la L.O. y, si bien en distintos precedentes de esta Cámara Nacional del Trabajo –con fundamento en una interpretación amplia del Fecha de firma: 26/04/2023

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.S.G.I., PROSECRETARIA DE CAMARA

precepto contenido en el art. 105, inciso h) LO- se ha sostenido que dicha regla general puede llegar a ceder –

excepcionalmente – en las hipótesis en que las sentencias y resoluciones que impliquen una privación de la garantía de defensa en juicio (P., M.Á., “Derecho Procesal del Trabajo”, 4º edición actualizada y ampliada, Astrea, pág. 371),

lo cierto es que el recurrente no invoca la configuración de alguna de las excepcionales circunstancias en las que, por vía judicial, se pueda considerar pertinente soslayar la directiva genérica de la norma en cuestión.

Que, de esta manera, de las constancias agregadas a autos se evidencia que la resolución cuestionada fue precedida de los recaudos necesarios para preservar la garantía de defensa en juicio de la...

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