Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 8 de Julio de 2015, expediente CNT 001140/2014/CA001

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2015
EmisorSALA V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.38650 SALA VI Expte Nº CNT 1140/2014/CA1 (JUZG. NRO. 10)

Autos: “Z.M.C.C. – ASOCIACON ARGENTINA DE USUARIOS DE LA INFORMATICA Y LAS COM Y OTRO S/DESPIDO”

Buenos Aires, 8 de julio de 2015.

VISTO:

La perito contadora apela por baja la regulación de sus honorarios (fs. 303/305).

Y CONSIDERANDO:

Que, el proceso que dio lugar a la intervención de la perito contadora concluyó por el acuerdo conciliatorio celebrado el día 29 de abril de 2015 (fs. 295/296).

Que, la perito contadora aceptó el cargo el 17/04/2015 (fs. 241) y con fecha 5/05/2015 presentó la pericia que luce a fs. 310/334.

Que, la presentación de dicho informe se llevó a cabo en tiempo oportuno y tuvo lugar antes de ser notificado el experto de la conciliación arribada (fs. 7/05/2015 ver fs. 296 vta).

Fecha de firma: 08/07/2015 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Que, por otra parte, según jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la regulación de honorarios profesionales no depende exclusivamente del monto del juicio y de las escalas dispuestas en la ley de aranceles, sino de un conjunto de pautas que deben ser evaluadas por los jueces, y entre las que se encuentran la naturaleza y complejidad del asunto, la índole, extensión, calidad y eficacia de los trabajos realizados, de manera de arribar a una solución justa y mensurada acorde con las circunstancias particulares de cada caso (conf. C.S.J.N., A. 70. XL

  1. R.O., 18/11/2008, “Astra Compañía Argentina de Petróleo c/ Yacimientos petrolíferos Fiscales”).

Que, siendo ello así, atendiendo a la naturaleza y extensión de las tareas realizadas, el valor económico del litigio y las pautas...

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