Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 18 de Octubre de 2023, expediente CAF 034586/2023/CA001

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

SALA III

CAUSA Nº 34586/2023: “ZANELLATO SA c/ ADMINISTRACION

FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, de octubre de 2023. SMM

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que vienen estos autos como consecuencia de la remisión dispuesta, ante el conflicto de competencia suscitado entre el juez subrogante a cargo del Juzgado N° 7 de este Fuero y el titular del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 10, que este Tribunal debe resolver, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 26.854.

II- Que, por regla, para la determinación de la competencia en cada caso en particular, corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que se desprenden de los términos de la demanda (C.S., Fallos 321:1860; 322:1387; 327:4865; 330:628, etc.),

examinando el origen de la acción, así como la relación de derecho existente entre las partes (C.S., Fallos: 328:2479; 328:2811; 330:811).

Asimismo, a efectos de discernir la cuestión planteada en autos,

cabe -inicialmente- destacar que la competencia de este Fuero -por regla- aparece definida en virtud de la subsunción del caso al derecho administrativo (C.S., Fallos: 164:188; 244:252; 295:112 y 446, etc.;

esta Sala, in rebus: “Australis Emprendimientos Turísticos SRL c/

EN- BCRA- AFIP- Resol 3210/11 s/ amparo ley 16.986”, del 06/03/2014; “Mutual del Pesonal del Agua y la Energía de Mendoza c/ Estado Nacional s/ proceso de conocimiento”, del 8/10/2019;

Negro, E.N. c/ EN- ANSES s/ amparo ley 16.986

, del 26/08/2020; “B., A.T. c/ Aguas y Saneamientos SA s/

daños y perjuicios”, del 06/07/2023, entre otros).

Fecha de firma: 18/10/2023

Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Por otra parte, el requisito aludido en punto a que la pretensión se encuentre regida de modo preponderante por el derecho administrativo cobra particular importancia a efectos de discernir la atribución de competencia entre jueces federales en lo Contencioso Administrativo y en lo Civil y Comercial (conf. esta Sala,

Consumidores Libres Coop Ltda de Provisión de Servicios de Acción Comunitaria y otro c/ LATAM AIRLINES GROPUP SA y otros s/

proceso de conocimiento

, del 22/03/2018; “FLY ONE SA c/ AABE

SE s/amparo ley 16.986

, del 08/02/2022; “Policía Federal Argentina c/ Provincia Aseguradora de Riesgo de Trabajo SA s/ proceso de conocimiento”, del 15/08/2023, entre otros).

III- Que, en la especie, como surge de la reseña realizada por el Sr. Fiscal General (en el dictamen del 9/10/2023, confr. especialmente apartados 2 y 5) la pretensión de la...

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