Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 9, 14 de Agosto de 2015, expediente 24572/2014

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2015
EmisorSala 9

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA 16127 EXPTE CNT 24572/2014/CA1 SALA IX JUZGADO Nº 19 AUTOS: "ZANCARI RUBEN ANTONIO C/SERVICIOS INTERACTIVOS DE ARGENTINA S.A. Y OTROS S/DESPIDO".

Buenos Aires, 14-08-15 Y VISTOS:

Que arriban las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 17/18 contra la resolución dictada a fs.

11, mediante la cual el Sr. Juez "a quo" declaró la incompetencia de esta Justicia Nacional del Trabajo para entender en las presentes.

Requerida la opinión del Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se expidió a tenor del dictamen obrante a fs. 25.

Y CONSIDERANDO:

I- Que este Tribunal comparte lo dictaminado por el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en su Dictamen Nº 63.741 del 3 de julio de 2015, a cuyos fundamentos y conclusión -que han de considerarse parte integrante del presente pronunciamiento-

corresponde remitir, en razón de brevedad y en cuanto sostiene que, de la atenta lectura del escrito de inicio surge que, tal como lo invoca el apelante, habría sido contratado en esta C.A.B.A. (ver en especial fs. 5vta.) y, dicha circunstancia por sí sola genera la aptitud jurisdiccional (art. 24 de la L.O.) ya que, la mera mención de uno de los supuestos de la norma adjetiva citada impone la admisión de la competencia del Tribunal, sin perjuicio de lo que se resuelva oportunamente, de materializarse una oposición bajo la forma de una excepción, ya que no existe razón alguna para dudar de oficio de lo aducido por la parte actora.

Por tanto, el Tribunal entiende que en autos se verifica el supuesto estipulado por el...

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