Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE AMPAROS, 26 de Septiembre de 2023, expediente FPA 000427/2023/CA001

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE AMPAROS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 427/2023/CA1

Paraná, 26 de septiembre de 2023.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ZALAZAR, ESTELA CARINA -EN

REPRESENTACION DE SU HIJO CONTRA AMSS SOBRE AMPARO LEY

16.986”, expte. N° FPA 427/2023/CA1, provenientes del Juzgado Federal de Concordia; y CONSIDERANDO:

I- Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario promovido por la parte demandada en fecha 28/07/2023, contra la resolución de este Tribunal del día 30/06/2023.

Contesta traslado la parte actora el 15/08/2023 y pasa la causa para resolver el 31/08/2023.

II- Que, en lo que aquí interesa, la resolución de primera instancia hizo lugar al amparo interpuesto y condenó a la accionada Asociación Mutual Sancor Salud (AMSS) a que autorice con carácter urgente, de manera gratuita e integral y con un 100 % de cobertura –sin pago de coseguros- las prestaciones de:

  1. Cuidador domiciliario: período de tratamiento de Febrero a Diciembre de 2023, ocho horas semanales (32 horas mensuales), a los valores presupuestados; b) Maestra de Apoyo: período de tratamiento de Febrero a Diciembre de 2023, ocho horas semanales (32 horas mensuales), a los valores presupuestados; todo según lo requerido por prescripción médica debido a la patología que padece el hijo de la amparista.

    Impuso las costas a la accionada, reguló honorarios y tuvo presente la reserva del caso federal planteada.

    Fecha de firma: 26/09/2023

    Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.B.T., SECRETARIA

    Ante dicha decisión se alzó la parte demandada y por resolución del 30/06/2023, esta Cámara resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación deducido y, revocar la sentencia dictada, en cuanto a la modalidad de pago de la prestación maestra de apoyo, confirmándola en todo lo demás; imponer las costas a la demandada vencida en lo sustancial (art. 68, primer párrafo del CPCCN y arts. 14 y 17 de la ley 16.986); regular honorarios y tener presente la reserva del caso federal efectuada.

    Contra la citada resolución la demandada promovió

    recurso extraordinario.

    III-

  2. Que, la impugnante, sustenta su recurso en lo dispuesto por el art. 14 de la ley 48. Sostiene que se encuentran cumplidos los recaudos y condiciones para la procedencia formal del remedio intentado y relata los hechos de la causa.

    Seguidamente, funda el recurso extraordinario en la existencia de cuestión federal ya que entiende que la sentencia, al confirmar la condena a la cobertura de cuidador domiciliario, se aparta de las previsiones de la ley 24.091 -con la modificación de la ley 26.480-. Afirma que la resolución recurrida le provoca un gravamen concreto por afectación del derecho de propiedad y garantías constitucionales.

    Dice que lo decidido vulnera los arts. 17, 18 y 19 de la Constitución Nacional y adolece de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR