Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 30 de Septiembre de 2022, expediente CIV 032200/2020/CA002
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala F |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F
32200/2020
Z, S A Y OTRO c/ T, M R s/ALIMENTOS
Buenos Aires, de septiembre de 2022.- M/JMB
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos autos para resolver los recursos de apelación interpuestos por el actor
y la Sra. Defensora de Menores contra la sentencia del día 24 de marzo de 2022,
en cuanto fijó en $15.000 mensuales la cuota alimentaria que la madre debe
abonar a favor de su hijo menor de edad, actualizable conforme al índice que se
establece para el sistema nacional de jubilaciones y pensiones públicas, según ley
26.417 (SIPA). Ante el primer incumplimiento por parte de la progenitora, la
obligación alimentaria recaerá en cabeza del abuelo materno. El memorial fue
presentado el día 3 de mayo de 2021, cuyo traslado fue contestado el día 12 de
mayo de 2022. La Sra. Defensora de Menores de Cámara fundó su recurso el día
31 de agosto de 2022, el que fue contestado el día 8 de septiembre de 2022.
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Al iniciar estos actuados en septiembre de 2020, el actor solicitó se fije
en $15.000 el monto de la cuota en concepto de alimentos que la madre y el
abuelo materno deberán abonar a favor de su hijo y se establezca una cuota
provisoria. Ello por cuanto expuso que el niño se encuentra bajo su cuidado
exclusivo desde lo resuelto en los autos conexos sobre Denuncia por Violencia
Familiar, y que el monto pretendido es el 50% de los gastos liquidados por su
manutención al tiempo de la demanda. Explicó que es encargado de edificio con
un sueldo de $40.303, que la demandada es monotributista categoría A y el abuelo
materno es jubilado.
Al contestar los demandados, manifestaron que la madre está desocupada
y el abuelo jubilado. Solicitaron que el actor acredite su caudal económico.
De las constancias de los autos conexos sobre Denuncia por Violencia
Familiar surge que el día 9 de octubre de 2020 se fijaron por seis meses alimentos
provisorios a favor del niño y a cargo de su madre de $10.000, que en estos autos
fueron elevados a $12.000 y el 29 de noviembre de 2021 a $13.500, confirmados
por esta Alzada el día 4 de mayo de 2022.
El día 24 de marzo de 2022 se dictó sentencia de la manera ya expuesta.
Fecha de firma: 30/09/2022
Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA
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Las quejas del actor y de la Sra. Defensora de Menores se centran en el
monto de la cuota que consideran insuficiente y en el aumento del costo de vida.
Piden elevar la cuota a $37.592 como mínimo.
Al contestar, los demandados refieren que la prueba actora fue
prácticamente nula y que no se demostró la existencia de gastos fuera de los
habituales, que la progenitora demandada realiza trabajos esporádicos informales
y que en el caso del alimentante, la...
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