Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 8 de Agosto de 2019, expediente CNT 026683/2013

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII 26683/2013 JUZGADO Nº 7 AUTOS: “Z.C.R. Y OTRO c. GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTRO s. ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 08 días del mes de AGOSTO de 2019, se reúnen en acuerdo los jueces de la S. VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden:

LA DRA. M.D.G. DIJO:

  1. Contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda, vienen en apelación las partes, la representación letrada del actor –por derecho propio- y el perito contador.

    II.-El actor, se agravia a tenor de las manifestaciones vertidas a fs.

    209/212, que no fueron contestadas por la ART demandada.

    En concreto, cuestiona el rechazo de la incapacidad psíquica que presenta (del 10% de la t.o.) y la fecha de inicio para el cómputo de los intereses (desde la fecha del dictado de la sentencia). Solicita se reconozca el daño psicológico acreditado en autos y se ordene indemnizarlo justamente. En cuanto a la fecha de inicio de los accesorios peticiona que lo sea desde la del infortunio, Fecha de firma: 08/08/2019 Alta en sistema: 14/08/2019 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA #20242201#240953914#20190808091619328 oportunidad en que se configuró el daño, a los fines de no lesionar su derecho de propiedad.

    III.-GALENO A.R.T. S.A. se queja según las motivaciones que lucen en la presentación recursiva obrante a fs.204/208, las cuales merecieron la réplica del actor a fs.217/220.

    La demandada objeta que se haya ordenado la aplicación del índice R.I.P.T.E. sobre el producto de la fórmula indemnizatoria del artículo 14, 2.a, de la L.R.T. Aduce inobservancia del D.R. 472/14 y solicita la aplicación de la doctrina que emana del Fallo de la C.S.J.N. “E.”.

    IV.-El Dr. J.M.A. a fs.201/202 y el perito contador B. a fs. 200, recurren sus honorarios por estimarlos reducidos.

  2. El recurso del actor obtendrá andamiento.

    El Sr. J. “a quo” descartó el daño psicológico que presenta el actor porque a su decir el siniestro de manera autónoma no podría provocar el daño psíquico del tenor que se pretende.

    Conocer la entidad de una contingencia no resulta, a mi entender, suficiente para determinar la existencia o, no, de daño psicológico en una persona, sino que se deben evaluar además, conforme las reglas de la sana crítica, las consecuencias que dicho evento lesivo le han podido generar. En lo que aquí

    concierne, si existe -o no- incapacidad psicológica y si la misma guarda –o no-

    vinculación jurídicamente relevante con el infortunio de autos. Estos aspectos, requieren para su dilucidación de una pericia psicológica o una pericia médica que cuente, por lo menos, con un informe psicodiagnóstico.

    Fecha de firma: 08/08/2019 Alta en sistema: 14/08/2019 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA #20242201#240953914#20190808091619328 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA VIII En autos obra tal informe, en el sobre cerrado agregado a fs.166, allí

    constan los Datos Personales del actor, Las Técnicas Administradas (Entrevista, Test Gestáltico Visomotor de B., Test de H.T.P., Test de Persona Bajo la Lluvia y Cuestionario Desiderativo), los Datos Obtenidos a Partir de la Entrevista, Antecedente de los Hechos, Resultados obtenidos en las Técnicas Administradas, Conclusiones Diagnósticas, Recomendaciones de Tratamiento, etc .

    En dicho informe el actor negó haber sido asistido, medicado o internado por afecciones psíquicas y/o psiquiátricas previas. Negó enfermedades médicas. Negó antecedentes neurológicos y/o depresivos previos. No reconoce antecedentes heredo-familiares (notorios). Niega duelos cercanos. No denuncia otros hechos traumáticos que no sean los consignados.

    El accionante contó al psicólogo que el accidente se produjo el 15/12/2012 cuando se encontraba junto a otros compañeros tratando de arreglar un portón en el colegio donde se desempeña como jefe de mantenimiento. Comentó

    que estaba subido a unas escaleras, sosteniendo parte del portón que estaban intentando arreglar para luego colocar, cuando de repente por algo que desconoce se desestabiliza y cae al piso, desde la escalera adonde estaba subido. Se golpeó todo su cuerpo de manera abrupta. El hecho le produjo lesiones de magnitud: fractura del peroné y esguince de tobillo. Tuvo que ser intervenido quirúrgicamente -ocasión en la cual le colocaron una prótesis-, portar bota de yeso y usar muletas. Todo esto le generó limitación funcional para realizar las tareas que desarrollaba diariamente.

    Comentó que las secuelas persisten y son padecidas en la actualidad (dolores en la zona lesionada).

    La vida del actor y sus relaciones laborales y social era eran satisfactorias hasta el momento del accidente.

    Fecha de firma: 08/08/2019 Alta en sistema: 14/08/2019 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA #20242201#240953914#20190808091619328 Al respecto, el actor expresó “yo me tuve que ausentar un tiempo de mi trabajo, ya que no podía ir en el estado que estaba, me había operado y además de la bota ortopédica, tuvo que alquilarme unas muletas, porque ni siquiera eso la ART me dio… cuando volví…noté que mi desempeño laboral había disminuido mucho, mucho….ya no aguanto estar muchas horas parado, me canso muy rápido, al rato comienzo a sentir muchos dolores en mi pierna izquierda, en la que me operaron, también los días de humedad el tobillo me duele y se me hincha…todo esto no me permite trabajar como debería…tengo miedo de perder el trabajo y no poder conseguir otro…me siento incapacitado e inútil… desde que me pasó todo esto del accidente cambié muchísimo, me siento irritante todo el tiempo, malhumorado…yo sé que todo esto me lo causa los malestares físico que tengo…

    no quedé bien desde el accidente, siento mucho dolor en el tobillo…”

    El Sr. Z. también refirió poseer intenso temor a una nueva disminución física, comentó que le agarró fobia a las escaleras, que desde que le pasó el accidente no se puede subir a las escaleras para buscar cosas en lo alto y que cuando tiene que hacer uso de la misma, intenta que otro compañero haga la tarea por él. A su vez, expresó que tiene miedo y se siente inseguro cuando camina, porque se siente inestable, tiene el temor de volverse a caer y que la lesión que se le produzca sea peor que la de ahora.

    Sobre sus actividades físicas dijo que a partir del accidente que sufrió

    no pudo continuar realizándolas. Antes del accidente iba a correr una hora por día todas las semanas y jugaba esporádicamente al fútbol con sus amigos, pero que luego de padecer las lesiones, tuvo que dejar de ir porque sentía dolores muy fuertes en su tobillo y en la pierna izquierda.

    El actor no había padecido problemas psicológicos, de hecho, nunca había realizado tratamiento psicológico. Llevaba una vida relacional, laboral y Fecha de firma: 08/08/2019 Alta en sistema: 14/08/2019 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA #20242201#240953914#20190808091619328 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA VIII social satisfactoria, con lo cual gozaba de buena salud orgánica y psíquica hasta el momento del accidente.

    En las Conclusiones Diagnósticas, el Licenciado en Psicología precisó:

    Del análisis conjunto del material psicológico obtenido en el presente informe psicodiagnóstico nos encontramos en condiciones de concluir que el hecho que generó las lesiones que padece el entrevistado, así como las consecuencias que el accidente ha tenido para la salud del paciente, han influido negativamente en el estado de salud psíquica del entrevistado...

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