Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 16 de Junio de 2022, expediente CAF 000942/2022/CA001

Fecha de Resolución16 de Junio de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV –

Expte. CAF 942/2022/CA1: “YAN, GUO c/ EN - DNM - EX 34751/21

s/AMPARO POR MORA”

Buenos Aires, de junio de 2022.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por sentencia del 2/5/22, la señora juez de primera instancia declaró abstracto el amparo por mora promovido por el ciudadano chino Guo Yan con el dictado de la disposición SDX nº 39.433/22; impuso las costas a la demandada vencida (arts. 14 de la ley 16.986 y 68 del C.P.C.C.N.) y reguló los honorarios de la Dra. F.M.V. en la suma de $37.195 (pesos treinta y siete mil ciento noventa y cinco), equivalentes a 5 U.M.A (conf. arts. 16, 19, 44, 51 y USO OFICIAL

    concordantes de la ley 27.423, y Acordada CSJN 4/22).

  2. ) Que, contra ese pronunciamiento, el 4/5/22, la letrada del actor apeló sus emolumentos profesionales, por bajos. Por su parte, la DNM

    interpuso recurso de apelación el 5/5/22. En concreto, se agravió de la imposición de las costas y de los honorarios de la abogada de su contrario, por altos. Ambos USO OFICIAL

    fueron concedidos el 6/5/22.

  3. ) Que el recurso resulta formalmente admisible de acuerdo a los fundamentos expuestos por esta Sala en la causa “C., J.c.

    s/amparo por mora”, sent. del 20.10.16, a la que corresponde remitirse por razones de brevedad.

  4. ) Que si bien la extinción del objeto procesal por la desaparición del presupuesto fáctico y jurídico que dio pie a la demanda impide acudir al principio rector establecido en el ordenamiento procesal para pronunciarse sobre la imposición de las costas, lo cierto es que la indefinición propia de la ausencia de un pronunciamiento sobre la procedencia sustancial de la pretensión no impide atender a las consecuencias patrimoniales del proceso, cuando la conducta de la demandada hubiera obligado al actor a acudir a la justicia. Ello, sin perjuicio de que su pretensión sea satisfecha fuera del juicio (esta Sala, “Wang, W.c.

    s/amparo por mora”, sent. del 7.2.17; “G.D.G. c/ EN Mº Justicia (expte 146001/04) s/ amparo por mora”, sent. del 22.9.11; conf. también arg. Fallos:

    307:2061; 317:188).

    Tal circunstancia se verifica en autos, en tanto de las actuaciones administrativas SDX nº 34.751/21 se desprende que: i) el 2/6/21, el actor presentó su solicitud como progenitor de ciudadano argentino (cfr. carátula y fs. 6/7);

    ii) el 20/8/21, la DNM requirió al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación —Dirección de Asuntos Consulares— que determinase la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR